Resolución de 15 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Gestión del Litoral, por la que se aprueban y publican los formularios y se establece la plataforma informática a utilizar en los procedimientos administrativos relativos a las consultas previas para la determinación del alcance del estudio de impacto ambiental y de la amplitud y grado de especificación de la información que debe contener la documentación a presentar junto con la solicitud de la autorización ambiental integrada y de la autorización ambiental unificada.
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La disposición adicional tercera de la Ley 3/2023, de 30 de marzo, de Economía Circular de Andalucía, de conformidad con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, prevé que tanto las personas jurídicas como las físicas que desarrollen una actividad económica o profesional a título lucrativo estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración autonómica respecto de los procedimientos administrativos y obligaciones de información, de competencia autonómica, previstos en la normativa vigente, entre otras, en materia de prevención y control ambiental.
Para ello será obligatorio el uso de aquellas aplicaciones y plataformas que sean establecidas por la Dirección General competente para cada procedimiento administrativo. Dicho centro directivo aprobará, revisará o modificará los correspondientes modelos y formularios, que deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La efectiva entrada en funcionamiento de las aplicaciones y plataformas se hará pública mediante resolución de la Dirección General mencionada, que deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Todo ello de conformidad con el Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de Administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, cuyo artículo 12.9 recoge que los formularios y modelos específicos que tengan carácter obligatorio, por establecerlo así de manera expresa la norma o acto de aprobación, deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, haciéndose constar que dicha publicación se realiza únicamente a efectos informativos para el caso de formularios cuyo medio de presentación sea exclusivamente electrónico.
Mediante esta resolución se aprueban los formularios normalizados correspondientes a los procedimientos administrativos relativos a las consultas previas para la determinación del alcance del estudio de impacto ambiental y de la amplitud y grado de especificación de la información que debe contener la documentación a presentar junto con la solicitud de la autorización ambiental integrada y de la autorización ambiental unificada, se da publicidad a los mismos a efectos informativos y se establece la plataforma informática de uso obligatorio.
Esta Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Gestión del Litoral es competente para dicha aprobación y publicación, en virtud del artículo 8 del Decreto 200/2026, de 30 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, y de lo establecido en la disposición adicional tercera de la citada Ley 3/2023, de 20 de marzo.
Por lo expuesto,
RESUELVO
Primero. Aprobación de los formularios.
Aprobar y dar publicidad a los siguientes modelos normalizados, correspondientes a los procedimientos administrativos relativos a las consultas previas para la determinación del alcance del estudio de impacto ambiental y de la amplitud y grado de especificación de la información que debe contener la documentación a presentar junto con la solicitud de la autorización ambiental integrada y de la autorización ambiental unificada y que se adjuntan como anexos a la presente resolución. Estos modelos sustituyen a los formularios oficiales recogidos en el Anexo III del Decreto 5/2012, de 17 de enero, y en el Anexo VII del Decreto 356/2010, de 3 de agosto.
Segundo. Plataforma informática obligatoria.
Hacer pública, para conocimiento general, la plataforma informática de uso obligatorio para la solicitud y tramitación del procedimiento referido, de conformidad con la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con la Administración autonómica, establecida en la disposición adicional tercera de la Ley 3/2023, de 30 de marzo. La presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones deberá realizarse a través de la Ventanilla Electrónica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, accediendo a los enlaces situados a tal efecto en el apartado «Acceso a la fase» → «Inicio», disponibles en la siguientes direcciones web:
• Autorización ambiental integrada:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/712.html
• Autorización ambiental unificada:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/2053.html
Tercero. Efectos
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 15 de septiembre de 2026.- La Directora General, María Isabel Mirones Maldonado.
ANEXO I
Formulario de presentación del trámite de consultas previas de la autorización ambiental integrada (Código procedimiento: 712)
ANEXO II
Formulario de presentación del trámite de consultas previas de la autorización ambiental unificada (Código procedimiento: 2053)
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BOJA nº 197 de 09/10/2026