Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 32 de 17/02/2026

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Diálogo Social

Resolución de 10 de febrero de 2026, del Departamento de Organización y Gestión de Recursos de la Agencia Tributaria de Andalucía, relativa a la suplencia temporal de la persona titular del Servicio de Procedimientos Tributarios.

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El artículo 13.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispone que «en la forma que disponga cada Administración Pública, los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, así como en los casos que haya sido declarada su abstención o recusación».

Por su parte el artículo 109 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, establece que «los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por quién designe el órgano competente para el nombramiento de aquellos. En los supuestos previstos en el apartado anterior, si no se designa suplente, la competencia del órgano administrativo se ejercerá por quién designe el órgano administrativo inmediato de quién dependa».

Visto el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, aprobado mediante Decreto 4/2012, de 17 de enero, y en cumplimiento de los principios de eficacia y agilidad administrativa, resulta conveniente establecer un régimen de suplencia temporal para el supuesto de enfermedad y ausencia por permisos de maternidad de la persona titular del Servicio de Procedimientos Tributarios.

De acuerdo con lo anteriormente expresado,

DISPONGO

Primero. La suplencia temporal de la persona titular del Servicio de Procedimientos Tributarios será asumida por la persona titular del Servicio de Innovación Tecnológica.

Segundo. Siempre que se ejerzan competencias con base en la suplencia establecida en esta resolución, deberá hacerse constar así en los actos o resoluciones administrativas correspondientes.

Tercero. La presente suplencia no implicará alteración alguna de las competencias atribuidas a la persona titular del Servicio de Procedimientos Tributarios.

Cuarto. La presente resolución producirá efectos desde el día de su firma y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Sevilla, 10 de febrero de 2026.- La Jefa del Departamento, Rocío Martín Palanco.

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