Orden de 10 de octubre de 2025, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado extranjero «The British School of Málaga» de Málaga, autorizado conforme al sistema educativo británico para alumnado español y extranjero. (PP. 2190/2025).
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Visto el expediente tramitado a instancia de don Miguel Ángel Garrán Barea, como representante de la entidad «Colegios Laude, S.L.U.», titular del centro docente privado extranjero «The British School of Málaga», autorizado conforme al sistema educativo británico para alumnado español y extranjero, con domicilio en Avda. de la Centaurea, núm. 8, de Málaga, por el que solicita la modificación de la autorización administrativa con la que cuenta el centro por ampliación de los puestos escolares, acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.
Primero. Resultando que el citado centro, con código 29000657, tiene autorización para impartir enseñanzas del sistema educativo británico a alumnado español y extranjero desde Nursery (3-4 años) hasta Year 13 (17-18 años) para un total de 985 puestos escolares.
Segundo. Resultando que en el expediente han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de Málaga y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación, así como del British Council en España.
Vistas la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17 /2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España; el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder la modificación de la autorización administrativa solicitada al centro docente privado extranjero «The British School of Málaga», del que es titular la entidad «Colegios Laude, S.L.U.», con código 29000657 y domicilio en Avda. de la Centaurea, núm. 8, de Málaga, resultando, como consecuencia de ello, con autorización para impartir enseñanzas del sistema educativo británico a alumnado español y extranjero desde Nursery (3-4 años) hasta Year 13 (17-18 años) para un total de 1.585 puestos escolares.
Segundo. El centro deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de lengua y cultura españolas.
Tercero. La autorización a la que hace referencia el apartado primero de esta orden tendrá validez hasta el 5 de abril de 2026, en consideración al certificado emitido por el British Council. A partir de esta fecha, la autorización dependerá de una nueva inspección del citado organismo.
Cuarto. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.
Quinto. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.
Sevilla, 10 de octubre de 2025
| MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA | |
| Consejera de Desarrollo Educativo y Formación Profesional |
BOJA nº 32 de 17/02/2026