Normativa
El artículo 116 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, dispone que el BOJA es el medio de publicación de las leyes de Andalucía, una vez promulgadas por el Presidente de la Junta de Andalucía.
El Decreto 188/2018, de 9 de octubre, de Ordenación del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática (BOJA núm. 199, de 15 de octubre de 2018) es la norma vigente que regula el contenido del propio BOJA.
La Orden de 13 de junio de 2025, por la que se desarrollan determinados aspectos del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (BOJA núm. 124, de 1 de julio de 2025).
Resolución de 6 de febrero de 2026, por la que se aprueban instrucciones técnicas relativas a la solicitud de publicación de boletines oficiales complementarios, y extraordinarios, así como a las solicitudes de modificación, paralización temporal, cancelación, y reanudación de textos en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, dirigida a insertantes de la Junta de Andalucía.
- ANEXO I. Solicitud de inclusión de textos en Boletín Complementario/Extraordinario (docx)
- ANEXO II. Solicitud de modificación de textos insertados y no planificados (docx)
- ANEXO III. Solicitud de paralización temporal o cancelación de textos insertados y no planificados (docx)
- ANEXO IV. Solicitud de reanudación de textos paralizados temporalmente (docx)
Para solicitar más información llama a los teléfonos 012 o 955 012 012.
O escríbenos a través del formulario de consultas del Servicio 012.
También tienes también a tu disposición otros Canales de atención a la ciudadanía.
La Junta