Ley 40/15 de 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Público.
Objeto
El objeto del presente Convenio Específico es la colaboración entre ambas entidades en todas aquellas actuaciones que permitan el fomento del emprendimiento, facilitando la puesta en marcha de iniciativas empresariales participando colaborativamente en la promoción y difusión de programas que contribuyan al desarrollo económico y la generación de empleo, mediante la puesta a disposición de servicios y herramientas a través de fórmulas colaborativas interadministrativas, de acuerdo con los principios de lealtad institucional, colaboración, cooperación, coordinación, eficiencia en la gestión de los recursos públicos, responsabilidad, garantía e igualdad en el ejercicio de los derechos de todos los ciudadanos en sus relaciones con las diferentes Administraciones y Solidaridad interterritorial.
Obligaciones económicas
No hay contraprestaciones económicas entre las partes.