Ramón Fernández-Pacheco Monterreal
¿Cómo se controla el cumplimiento de la Condicionalidad reforzada?
En Andalucía se establecerá un sistema de control de la condicionalidad reforzada con el fin de comprobar que las personas beneficiarias de las ayudas supeditadas al cumplimento de la misma cumplen los requisitos y normas , incluidos en los RLG y las BCAM, respectivamente, que se detallaran en el Plan anual de control de la condicionalidad reforzada en Andalucía.
El cumplimiento de los requisitos y normas de la condicionalidad reforzada se podrá comprobar mediante los siguientes tipos de controles:
- Controles administrativos, sobre el 100% de las personas beneficiarias.
- Controles sobre el terreno con visitas in situ a las explotaciones.
- Controles efectuados en el marco de los sistemas de control sectoriales respectivos de los requisitos y normas de la condicionalidad reforzada de que se trate, siempre que el alcance y la eficacia de esos controles sea al menos equivalente a la de los controles sobre el terreno.
- Cruces con los resultados definitivos de los controles de cualquier otro sistema que proceda, en particular los controles sobre los criterios o las condiciones de subvencionalidad o admisibilidad de alguna de las ayudas objeto de la condicionalidad reforzada o los que culminan en expedientes sancionadores por infracciones en alguno de los requisitos y normas de la condicionalidad reforzada, al efecto de determinar si existe algún incumplimiento de la misma.
Para la realización de los controles se podrá hacer uso de las siguientes herramientas de control:
- Sistemas de monitorización de superficies, para aquellos requisitos y normas de la condicionalidad reforzada que puedan ser objeto de monitorización
- Técnicas de teledetección, que podrán complementarse con visitas sobre el terreno a las explotaciones cuando la fotointerpretación no proporcione los datos necesarios para determinar con exactitud el cumplimento de la condicionalidad reforzada.
- Revisión del cuaderno digital de explotación agrícola, teniendo en cuenta la obligatoriedad de las personas beneficiarias de las ayudas supeditadas al cumplimiento de la condicionalidad reforzada, en virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de Información de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.
- La aportación de fotografías georreferenciadas por parte de la persona beneficiara de ayudas supeditadas al cumplimiento de la condicionalidad reforzada, que deberán cumplir las especificaciones establecidas en el Anexo XXV del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
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