¿Cuándo y dónde se ha de cumplir la Condicionalidad reforzada?

La Condicionalidad reforzada será de aplicación durante todo el año natural, es decir, en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.

La Condicionalidad reforzada deberá cumplirse en toda la explotación agraria y otras superficies gestionadas por la persona beneficiaria de ayudas (incluyendo las superficies sin actividad agraria), así como en instalaciones de la explotación, aunque por alguna parte de dicha explotación no se reciban ayudas o bien esté ubicada solamente en parte en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. No obstante, en el caso de superficies de uso forestal, deberá cumplirse únicamente en aquellas por las que se soliciten ayudas supeditadas al cumplimiento de la Condicionalidad.

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