¿Cuándo y dónde se ha de cumplir la Condicionalidad reforzada?

La Condicionalidad  reforzada deberá cumplirse en toda la explotación agraria y otras superficies gestionadas por la persona beneficiaria, incluyendo superficies no productivas, así como instalaciones de la explotación, aunque por alguna parte de la misma, no se reciban ayudas o estén ubicadas solamente en parte en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

No obstante, en el caso de superficies de uso forestal, deberá cumplirse únicamente en aquellas por las que se soliciten ayudas supeditadas al cumplimiento de la condicionalidad.

La Condicionalidad reforzada será de aplicación durante todo el año natural, periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.

 

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