Pérdida, cesión, fallecimiento y abandono de mascotas
Pérdida, cesión o fallecimiento
Al ser una identificación permanente en caso de pérdida, cesión o fallecimiento de su mascota, deberá notificarlo al Registro Municipal. La forma más fácil es ponerse en contacto con un Veterinario Autorizado, donde se le facilitará la documentación para el cambio de propietario, domicilio o para la baja en el Registro. Igualmente, para la baja podrá ponerse en contacto con su Ayuntamiento.
En caso de pérdida, podrá ponerse en contacto con el veterinario autorizado, llamar al teléfono o e-mail del Registro RAIA, contactar con su Ayuntamiento o comunicarlo a la Policía Local o Guardia Civil.
Mascota abandonada o perdida
Lo más conveniente es que pongas en conocimiento de la Policía Local, la Guardia Civil o del servicio competente del Ayuntamiento (Medio Ambiente o Salud) el hallazgo del animal y lo entregues para que ellos procedan a su identificación a través de sus propios medios o por un veterinario autorizado. Éstos procederán, en su caso, a la identificación y localización del propietario para el ingreso temporal del animal en un centro para animales abandonados y perdidos, hasta su recuperación por el propietario.
Si se acredita que es un caso de abandono se formulará una denuncia contra el propietario por parte del Ayuntamiento, Policía Local o Guardia Civil y se iniciaría un procedimiento sancionador por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.