Orden de 27 de marzo de 2008
- Orden de 27 de marzo de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la mejora de los regadíos en Andalucía, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2007-2013, y se efectúa su convocatoria para el 2008.
BOJA Nº 69 - 8 de abril de 2008
Objetivos
- Modernización y consolidación de regadíos.
- Mejora de la gestión y planificación del uso del agua.
- Utilización de agua desalinizada.
- Reutilización de aguas residuales depuradas o de cualquier otra procedencia.
Beneficiarios de las ayudas
-Las Comunidades de Regantes, las demás comunidades de Usuarios y las otras organizaciones de gestión colectiva del agua de riego con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con convenios aprobados por el organismo de cuenca correspondiente.- Deberán acreditar que se hallan legalmente constituidos, con personalidad y capacidad suficiente cuando soliciten la ayuda.
- Deberán ser titulares o agrupar titulares de concesiones o convenios administrativos de aprovechamiento de aguas publicas o que las mismas estén referidas a actuaciones a desarrollar en sectores de riego pertenecientes a Zonas Declaradas de Interés de la Nación y/o de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Cuando las ayudas solicitadas se refieran a obras para la utilización de aguas residuales o desaladas, se deberá acreditar disponer de los permisos y autorizaciones correspondiente.
- Para el Programa de mejora de la gestión y planificación del uso del agua se deberá tener implantado un sistema de riego localizado o cualquier otro sistema de ahorro de gua en al menos un 80% de la superficie regable. Además deberán cumplir alguno de los requisitos siguientes:
a) La comunidad u organización solicitante cuente con una superficie regable mayor de 500 hectáreas y que en ella se integren más de 50 usuarios.
b)Que en la comunidad u organización solicitante se integren mas de 100 usuarios.
También podrán ser beneficiados grupos de comunidades de regantes, de las demás comunidades de usuarios y organizaciones de gestión colectiva del agua de riego que alcancen alguno de los requisitos mínimos indicados.
Actuaciones Subvencionables
- Actuaciones de modernización o consolidación de regadíos:
- Actuaciones de modernización o consolidación de regadíos, incluso desalinización de aguas.
- Actuaciones de reutilización de aguas residuales depuradas, aguas desalinizadas o de cualquier otra procedencia con la correspondiente concesión de agua.
- Instalación de instrumentos de medición del consumo de agua utilizada en regadíos.
- Programa de mejora de la gestión y planificación del uso del agua:
- Mejora de la organización y gestión de las comunidades de regantes, demás comunidades de usuarios y de otras organizaciones de gestión colectiva del agua de riego.
- Implantación de un servicio de asesoramiento al regante.
Cuantía de las ayudas
- Obras:
A) Modernización y reutilización de aguas residuales:
* 55% de la inversión subvencionable para obras.
* Hasta el 65 % si se cumple alguna de las siguientes condiciones:
1) El 30% de las superficies sean explotaciones prioritarias.
2) El 75% de los cultivos sean hortofrutícolas y/o olivar.
3) 75% de la superficie situada en zona desfavorecida.
4) Zonas a modernizar tengan una Tasa de paro mayor a la media andaluza, siendo la actividad agraria la que mayor número de parados presente.
B) Instalación de Instrumentos de medición: 75% del presupuesto del proyecto.
C) Redacción de proyectos y dirección de obras: 50% de los gastos.
- Programa de mejora de la gestión y planificación del uso del agua:
* 80% del presupuesto del programa aceptado.
Solicitudes y plazo
La solicitudes se podrán presentar:a) En el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, disponible a través del acceso al portal del ciudadano en la siguiente dirección web: http://andaluciajunta.es en el apartado: administración electrónica/ayudas, así como en la página web de la Consejería de Agricultura y Pesca, en la dirección www.juntadeandalucia/agriculturaypesca.
b) En la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca que corresponda según la localización de la inversión.
- Las solicitudes deberán formularse conforme al modelo que figura en el Anexo a la presente Orden e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Regadíos y Estructuras
- La documentación a adjuntar junto con la solicitud se detalla en el Artículo 14 de la Orden.
- Anualmente se realizará una Convocatoria, en la cual, entre otros aspectos se establecerá el plazo de presentación de solicitudes.
Solicitud