Comité de Acuicultura de Andalucía
Comité de Acuicultura de Andalucía
De acuerdo con lo establecido el artículo 27 del Decreto 58/2017, de 18 de abril, por el que se regula la acuicultura marina en Andalucía, se crea el Comité de Acuicultura de Andalucía, como órgano de consulta y asesoramiento para el fomento, impulso y mejora de la actividad acuícola, adscrito a la Consejería competente en materia de acuicultura marina (Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural), presidida por el titular de la Dirección General de Pesca y Acuicultura.
El Comité se reunirá con carácter ordinario semestralmente y con carácter extraordinario, si la presidencia lo requiere en el ejercicio de las funciones del Comité, o cuando lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros, para tratar asuntos previamente determinados.
A causa de circunstancias particulares que pudieran plantearse, la Comisión podrá solicitar la asistencia de expertos para su asesoramiento.
Funciones del Comité de Acuicultura de Andalucía
- Informar con carácter preceptivo los proyectos normativos que afectan al desarrollo de la acuicultura.
- Informar sobre cuantos asuntos les sean sometidos a su consideración por la Dirección General con competencia en materia de acuicultura marina.
Miembros del Comité de Acuicultura de Andalucía
a) Presidencia: La persona titular de la Dirección General competente en materia de acuicultura marina.
b) Vicepresidencia: La persona que ejerza la presidencia de la asociación u organización representativa del sector acuícola andaluz que, con representación en el Comité, acredite un mayor volumen de producción acuícola de sus asociados respecto al total de la producción andaluza.
c) Secretaría: La persona titular de la Subdirección de la Dirección General competente en materia de acuicultura marina.
d) Vocalías:
- 1.ª Una persona representante de la Dirección General con competencia en materia de producción agrícola y ganadera con rango mínimo de Jefatura de Servicio o equivalente, a propuesta de la persona titular de dicha Dirección General.
- 2.ª Una persona representante de la Dirección General competente en materia de prevención y calidad ambiental con rango mínimo de Jefatura de Servicio o equivalente, a propuesta de la persona titular de dicha Dirección General.
- 3.ª Una persona representante de la Dirección General competente en materia de gestión del medio natural con rango mínimo de Jefatura de Servicio o equivalente, a propuesta de la persona titular de dicha Dirección General.
- 4.ª Dos representantes de la Dirección General con competencia en materia de acuicultura marina con rango mínimo de Jefatura de Servicio o equivalente, a propuesta de la persona titular de dicha Dirección General.
- 5.ª La persona titular de la Jefatura de Servicio con competencias en materia de acuicultura marina de cada una de las Delegaciones Territoriales o Provinciales ubicadas en las provincias del litoral andaluz, a propuesta de la persona titular de la Delegación Territorial.
- 6.ª Una persona representante del Instituto Andaluz de Investigación y Formación, Agraria, Pesquera, Alimentación y de la Producción Ecológica con rango mínimo de Jefatura de Servicio o equivalente a propuesta de la persona titular de dicho organismo.
- 7.ª Una persona en representación de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía con rango mínimo de Jefatura de Servicio o equivalente, a propuesta de la persona titular de la Dirección-Gerencia de dicha Agencia.
- 8.ª Una persona representante de la Dirección General competente en materia de sostenibilidad de la costa y del mar, de la Administración General del Estado, con rango de Jefe de Demarcación o equivalente, a propuesta de la persona titular de dicha Dirección General.
- 9.ª Una persona representante de la Dirección General competente en materia de marina mercante de la Administración General del Estado, con rango de Subdirector o equivalente, a propuesta de la personal titular de dicha Dirección General.
- 10.ª Cuatro representantes de las asociaciones u organizaciones representativas del sector acuícola andaluz que acrediten una representación mínima de sus asociados equivalente al 30% de la producción acuícola andaluza. La asignación de estas vocalías se realizará de forma proporcional a la producción que cada una de estas asociaciones u organizaciones acredite respecto a la producción total andaluza.
Histórico de las Reuniones del Comité de Acuicultura de Andalucía
Año | Fecha de celebración | Acceso Información |
2017 |
14 de noviembre de 2017 | Orden del día, presentación y Acta |
2018 |
22 de mayo de 2018 26 de noviembre de 2018 |
Orden del día, presentaciones y Actas |
2019 |
18 de junio de 2019 18 de diciembre de 2019 |
Orden del día, acta y anexos. |
2021 | 19 de enero de 2021 | Acta y anexos. |
2022 | 28 de abril de 2022 | Acta y anexos. |
2023 | 2 de febrero de 2023 | Acta y anexos |
2024 | 6 de febrero de 2024 | Acta y anexos |