Fase 2: Tramitación
En esta segunda fase, el trabajo recae sobre la administración y consiste en:
1. Verificación de la compatibilidad con otras normativas, asegurando que el proyecto presentado no incurre en alguna incompatibilidad. En caso de no ser así, la Delegación Territorial solicitará audiencia con el interesado para la subsanación de los errores, dentro de un plazo máximo de 10 días. En caso de no realizarse las correcciones oportunas, se elevará a la Dirección General de Pesca y Acuicultura, una propuesta motivada de archivo del expediente por desistimiento de la solicitud. Siempre que la persona solicitante lo indique la Consejería actuará de Ventanilla Única ante el resto de Consejerías.
2. De forma simultánea se llevarán a cabo los siguientes trámites:
- Información Pública: que consiste en la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de los datos referentes a la solicitud de autorización que se está tramitando, ajustándose siempre a lo establecido en la Ley Orgánica de Datos de Carácter Personal. De esta forma, cualquier persona física o jurídica pueda examinar el proyecto, la documentación del procedimiento, presentar alegaciones o manifestarse sobre las autorizaciones o informes que deben integrar la autorización. Este procedimiento, tendrá una duración mínima de 20 días (este trámite no es necesario para proyectos de instalaciones en terrenos privados, proyectos experimentales y para modificaciones de autorizaciones de cultivos).
- Información Oficial: se trata de un período de consulta donde se recabará, de distintos organismos e instituciones, todos los informes que tengan carácter preceptivo según las características del proyecto a autorizar. Dichos informes habrán de ser emitidos en un plazo máximo de diez días desde la recepción de dicho requerimiento, salvo que por norma se establezca otro plazo. Las solicitudes que precisan la ocupación del dominio público marítimo-terrestre (DPMT), requieren informe preceptivo de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), que se emitirá en un plazo máximo de 2 meses.
3. Elaboración de un Informe Técnico, una vez que concluyen los períodos de información pública, oficial y de consultas. Dicho informe es elaborado por la Delegación Territorial correspondiente e incluye una evaluación del proyecto, así como los condicionantes que deriven del análisis realizado.
4. Elaboración de una propuesta de Resolución, que en el caso de obtenerse una valoración positiva del proyecto a autorizar, se dará traslado desde la Dirección General de Pesca y Acuicultura a la Delegación Territorial de la citada propuesta, como órgano competente para la finalización del proceso.