Plazos de presentación
El período de solicitud establecido por el Real Decreto 1893/2000 es el comprendido entre el 3 de enero y el 10 de marzo de 2000. Por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 3 de marzo de 2000, este plazo ha sido ampliado hasta el 24 del mismo mes. Una vez transcurrido este plazo, las solicitudes serán penalizadas con un 1 % por cada día hábil de retraso. Pasados 25 días naturales, las solicitudes se considerarán no presentadas.
Para la prima especial de bovinos machos: entre el 3 de enero y el 31 de diciembre de 2000.
Para la prima por sacrificio de bovinos: durante los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre/enero del año siguiente.
Presentación
En las Delegaciones Provinciales u oficinas Comarcales Agrarias de la Consejería de Agricultura y Pesca de la provincia en la que radique la mayor superficie de su explotación y, en el caso de productores que no realicen declaración de superficies, en aquélla donde radique la mayor parte de superficie destinada a la alimentación del ganado.