Impresos
La Consejería ha puesto a disposición de las Entidades Colaboradoras una aplicación informática que genera los impresos y cuyo uso le ayudará a evitar incidencias en la cumplimentación de su solicitud de ayuda y a agilizar el proceso de tramitación y cobro.
En caso de no poder acudir a una de las Entidades Colaboradoras que le facilitarán la cumplimentación de su solicitud, es preferible que use los impresos en papel autocopiativo disponibles en su Delegación Provincial.
Las solicitudes se presentarán en los impresos establecidos en el Anexo I de la Orden de la Consejería para esta campaña, disponibles en las Delegaciones Provinciales, o en los impresos generados mediante la Aplicación de Captura Oficial utilizada por las Entidades Colaboradoras.
Dichos impresos pueden obtenerlos en las Delegaciones Provinciales de esta Consejería.
La Consejeria de Agricultura y Pesca suministra los modelos de impresos a utilizar por los solicitantes de las ayudas.
En los casos de comunicaciones de no siembra, traslados de animales o bajas y/o sustituciones de los mismos y declaración de carga ganadera, modalidad promedio, deberán ser conforme a los modelos no siembra, traslados, bajas y/o sustituciones, los cuales puede ver abriendo el archivo adjunto.
Estos impresos podrá obtenerlos en las Delegaciones Provinciales de esta Consejería.
Las modificaciones a que alude el artículo 24 del Real Decreto 1893/1999, se efectuarán mediante la presentación de una solicitud de modificación que constará de los siguientes documentos:
* Impreso modelo datos generales (modelo DG del anexo 1) donde se reflejará en la casilla habilitada a tal efecto que se trata de una modificación, indicando además, en el apartado “solicita”, la nueva situación tras las modificaciones al plan de siembras.
* Impresos de modificaciones (modelo MOD-1 y MOD-2 del anexo 1) donde se consignará relación de las parcelas para las que se solicita la modificación, indicando la situación inicialmente declarada y los cambios solicitados para cada una de ellas. Se harán constar los motivos de la modificación y una declaración expresa de que los cambios solicitados son conformes con lo dispuesto en el Reglamento (CEE) nº 3887/92 de la Comisión, de 23 de diciembre.
* Documentación de presentación obligatoria, de acuerdo con las ayudas solicitadas en la nueva situación, según lo dispuesto por la presente Orden.
En el caso de que la modificación implique cambios en el plan de siembras inicialmente declarado, el interesado dispondrá de un plazo de diez días, a contar desde la finalización de las labores culturales que la originan, para la presentación de la misma.
En todo caso, la modificación deberá presentarse a más tardar el 31 de mayo de 2001, salvo para aquellas modificaciones que afecten a parcelas de tabaco, cuya fecha límite será el 30 de mayo de 2001 y las que afecten exclusivamente a parcelas de algodón, cuya fecha límite será el 1 de julio de 2001.
Estos impresos podrá obtenerlos en las Delegaciones Provinciales de esta Consejería.
Recuerde que para solicitar la modificación deberá acompañar impreso tipo DG con la casilla marcada.
Impresos De Modificación Al Plan De Siembra
Impresos De Comunicación De Transferencia O Cesión Temporal De Derechos A Prima