Acuerdos preferenciales de la UE
Además de las negociaciones multilaterales de la Organización Mundial del Comercio, la Unión Europea pacta Acuerdos bilaterales y diseña políticas comerciales específicas con terceros países y áreas regionales. Estas relaciones comerciales bilaterales incluyen aspectos relacionados con uniones aduaneras, libre comercio, asociación y cooperación.
Los Acuerdos preferenciales se encuentran regulados por los Acuerdos GATT y GATS de la OMC.
Por acuerdo preferencial se entiende un pacto entre dos o más partes mediante el cual se conceden privilegios especiales en materia comercial, aduanera o de otro tipo. Suele significar excepciones a una regla general.
Los acuerdos comerciales de la Unión Europea se pueden clasificar, según la ubicación geográfica y determinadas circunstancias de los países que los suscriben, de la siguiente forma:
- Países mediterráneos
- Mercosur
- Países de la Comunidad Andina
- Países de Africa, Caribe y Pacífico (ACP)
- Balcanes
- Países Candidatos
- Países de América Latina y Caribe
- Asia
- Asia Central
Los Acuerdos Euromediterráneos. El Proceso de Barcelona. La Unión por el Mediterráneo
Los acuerdos entre la UE y los países de la cuenca mediterránea se enmarcan en el Proceso de Barcelona, iniciado en la Conferencia ministerial celebrada en dicha ciudad en noviembre de 1995. Su objetivo principal ha sido una asociación global euromediterránea con el fin de convertir el Mediterráneo en un espacio común de paz, estabilidad, prosperidad y de seguridad, intensificando el diálogo político e instaurando una asociación económica y financiera, así como una asociación social, cultural y humana.
El proceso de Barcelona fue relanzado en Julio de 2008 como la Unión por el Mediterráneo en la Cumbre de París. Este relanzamiento ha tenido como objetivo infundir nueva vitalidad en la colaboración y elevar el nivel político de las relaciones estratégicas entre la UE y sus vecinos del Sur. Conservando el acervo de su predecesor - el Proceso de Barcelona - la Unión por el Mediterráneo ofrece una gobernanza más equilibrada, incrementa la visibilidad de sus ciudadanos y un compromiso por tangibles proyectos regionales y transnacionales.
En la actualidad (septiembre 2010) el Proceso de Barcelona / Unión por el Mediterráneo incluye a los 27 estados de la Unión Europea más otros 16 socios más del Mediterráneo y Oriente Próximo. Los países incluidos en el Proceso de Barcelona / Unión por el Mediterráneo, a partir de la reunión cumbre celebrada en Paris en Julio de 2008, son: Argelia, Egipto, Israel, Jordania, Líbano, Libia (como observador), Mauritania, Mónaco, Marruecos, Autoridad Palestina, Siria, Túnez; más Croacia y Turquía -entre los actuales países candidatos al ingreso en la UE- y Albania, Bosnia-Herzegovina y Montenegro -entre los potenciales candidatos al ingreso a la UE-.
Situación de los Acuerdos con los Países mediterráneos (Marzo 2010)
País | Fecha firma | Fecha entrada en vigor | Situación (marzo 2010) |
---|---|---|---|
Argelia | Valencia, 22/04/02 | 01/09/05 | |
Marruecos | Bruselas, 26/02/96 | 01/03/00 | Ratificado |
Libia | Estatus de observador | Inición negociaciones en 2008 | |
Túnez | Bruselas, 17/07/95 | 01/03/98 | Ratificado |
Egipto | 25/06/01 | 01/06/04 | Ratificado |
Siria | Las negociaciones para | un acuerdo de Asociación concluyeron | en Octubre de 2004, pero no se ha firmado ningún acuerdo por el momento |
Jordania | Bruselas, 24/11/97 | 01/05/02 | Ratificado |
Autoridad Palestina | Bruselas, 24/02/97 | 01/07/97 | Acuerdo interino (provisional) |
Israel | Bruselas, 20/11/95 | 01/06/00 | Ratificado |
Líbano | Luxemburgo, 17/06/02 | 2006 | Ratificado |
Turquía | Ankara, 12/09/63 | 01/01/64 | Acuerdo de asociación anterior al Proceso de Barcelona |
Objetivos comerciales del Proceso de Barcelona
Uno de los principales objetivos del Proceso de Barcelona es la creación de una zona de libre comercio Euro-Mediterránea para 2010. Hasta el momento, todos los países mediterráneos asociados, con la excepción de Siria, han concluido Acuerdos de Asociación con la UE. Estos acuerdos han supuesto la progresiva eliminación de barreras arancelarias y no arancelarias al comercio de productos manufacturados de acuerdo con calendarios previamente negociados. El comercio agrícola ha sido igualmente liberalizado de forma paulatina por medio de recíprocos acuerdos preferenciales entre las partes, que han respetado los flujos comerciales tradicionales, las restricciones impuestas por las distintas políticas agrarias y los acuerdos de la OMC.
El caso de Marruecos
El Acuerdo Euro-Mediterráneo entre la UE y el reino de Marruecos fue firmado en Bruselas el 26/02/1996 y entró en vigor el 01/03/2000, una vez fue ratificado por todos los EE.MM de la UE, si bien en materia de comercio agrícola se acordó su aplicación a partir del momento de la firma.
En este Acuerdo se establecen reducciones tarifarias y contingentes arancelarios para la mayoría de las importaciones de productos agrarios procedentes de Marruecos, según determinados calendarios.
El 22 de diciembre de 2003, en cumplimiento del procedimiento de revisión previsto, las reducciones tarifarias preferenciales para ciertos productos agrícolas fueron incrementadas, así como las cantidades previstas en las partidas sujetas a contingentes. En 2005 se produjo una nueva revisión con motivo de la ampliación de la UE a 27 Estados Miembros.
Tomates de Marruecos
Sin duda el producto estrella de las importaciones de la UE procedentes de Marruecos, y el que mayores problemas crea a la horticultura andaluza, es el tomate. Tiene establecido un precio de entrada de 461 Euros/tonelada y unos contingentes arancelarios dentro de un calendario, para los cuales la reducción de aranceles es del 100 %, sobre el arancel conocido como NMF (Nación más favorecida).
Contingentes arancelarios, tras la última revisión de 2005, actualmente vigente (Marzo 2010)
Período | toneladas |
---|---|
Octubre | 10.600 |
Noviembre | 27.700 |
Diciembre | 31.300 |
Enero | 31.300 |
Febrero | 31.300 |
Marzo | 31.300 |
Abril | 16.500 |
Mayo | 5.000 |
Total | 185.000 |
Existe un contingente adicional de 28.000 a 48.000 toneladas a aplicar desde el 1 de noviembre hasta el 31 de mayo bajo ciertas condiciones en función del cumplimiento de los cupos mensuales del contingente principal.
Texto del Protocolo nº 1 del Acuerdo de Asociación UE-Marruecos de 2003 y su ampliación de 2005. (Vigente en 2010)
Última revisión del Acuerdo de Asociación con Marruecos. 2009/2010
Las conversaciones formales para revisar el convenio agrícola, dentro del marco del Proceso de Barcelona, comenzaron en febrero de 2006. A finales del mes de mayo de 2008 se inició la que hacía la novena ronda de negociaciones entre la Comisión Europea y Marruecos, en la que se produjo un acercamiento en las posiciones de negociación en los sectores de los productos agrícolas transformados y los productos pesqueros. Sin embargo, ambas partes no avanzaron respecto a los productos hortofrutícolas y a los cereales.
Marruecos reclamaba a las autoridades comunitarias la total liberalización de las exportaciones de frutas y hortalizas a la UE, mientras que la Comisión planteaba la necesidad de considerar media docena de productos que se quedarían fuera de la regulación global (productos sensibles), tales como el tomate, la fresa, el ajo, el pepino, el calabacín y la clementina. Las naranjas podrían ser una de las mercancías que no tendrían trabas. Como contrapartida, Marruecos ofrecía elevar las importaciones comunitarias de leche, productos lácteos y productos agrícolas que favorecerían a países del Centro y Este de Europa.
Las negociaciones de mayo de 2008 terminaron sin alcanzarse ningún acuerdo, y si bien se estableció que se retomarían tras el verano, esto no tuvo lugar hasta bien avanzado 2009.
Finalmente se llegó a un acuerdo en el mes de noviembre de 2009, cuyo texto en forma de Propuesta de Decisión ha sido adoptado por la Comisión el 16 de Septiembre de 2010. Una vez adoptado por las instituciones comunitarias y ratificado por el Reino de Marruecos se produjo su entrada en vigor.