Acuicultura ecológica

Acuicultura 3La producción ecológica es un sistema general de gestión agrícola y producción de alimentos que combina las mejores prácticas ambientales, un elevado nivel de biodiversidad, la presentación de recursos naturales, la aplicación de normas exigentes sobre bienestar animal y una producción conforme a las preferencias de determinados consumidores por productos doble, aportando por un lado, productos ecológicos a un mercado específico y, por otro bienes públicos que contribuyen a la protección del medio ambiente, al bienestar animal y al desarrollo rural.

Plan de acción orgánico

El Plan de acción Europea  para reforzar la acuicultura orgánica a partir de 2022 plantea lo siguiente:

2.6. Reforzando la acuicultura orgánica

  • La acuicultura orgánica puede ayudar a satisfacer la demanda de los consumidores de alimentos diversificados de alta calidad producido de forma respetuosa con el medio ambiente y asegurando el bienestar animal. También puede ayudar a cerrar la brecha entre la demanda y la producción de productos acuícolas de la UE productos de la acuicultura y aliviar la presión sobre las poblaciones silvestres.

Acción 17: A partir de 2022, la Comisión tiene la intención de:

  • apoyar la investigación y la innovación sobre fuentes alternativas de nutrientes, mejoramiento y  bienestar animal en la acuicultura; la promoción de inversiones en policultivo adaptado  y sistemas acuícolas multitróficos; y la promoción de criaderos y viveros actividades para juveniles orgánicos; y
  • identificar y abordar, según corresponda, cualquier obstáculo específico al crecimiento de la UE acuicultura orgánica.

Las nuevas directrices sobre el desarrollo sostenible de la acuicultura de la UE, que se espera sean adoptada por la Comisión en la primavera de 2021, alentará a los Estados miembros y partes interesadas para apoyar el aumento de la producción orgánica.

Normas de producción de algas y animales de la acuicultura, Reglamento (UE) 2018/848 Anexo II, Parte III.

A partir del 1 de enero del 2022, la producción agrícola ecológica se encuentra regulada a nivel comunitario por el  Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 834/2007 del Consejo, con sus Reglamentos de desarrollo y de ejecución.

En su Anexo II, Parte III  se encuentran las Normas de producción de algas y animales de la acuicultura.

Normas Detalladas del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/464 de la Comisión

Posteriormente se ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/464 de la Comisión por el que se establecen determinadas normas de desarrollo del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto a los documentos necesarios para el reconocimiento retroactivo de los períodos de conversión, la producción de productos ecológicos y la información que los Estados miembros deben facilitar recoge los apartados específicos de la acuicultura ecológica siguientes:

Anexo II. Normas Detalladas relativas a la densidad de población y las características específicas de los sistemas de producción y los sistemas de contención para animales de acuicultura a que se refiere el artículo 22

  • Parte I: Salmónidos de agua dulce Trucha común (Salmo trutta) — Trucha arco iris (Oncorhynchus mykiss) — Trucha de arroyo (Salvelinus fontinalis) — Salmón (Salmo salar) — Trucha alpina (Salvelinus alpinus) — Tímalo (Thymallus thymallus) — Trucha lacustre americana (o trucha lacustre) (Salvelinus namaycush) — Salmón del Danubio (Hucho hucho) 
  • Parte II: Salmónidos en agua de mar Salmón (Salmo salar), Trucha común (Salmo trutta) — Trucha arco iris (Oncorhynchus mykiss) Densidad máxima
  • Parte III: Bacalao (Gadus morhua) y otros peces de la familia de los Gadidae, lubina (Dicentrarchus labrax), dorada (Sparus aurata), corvina (Argyrosomus regius), rodaballo (Psetta maxima [= Scopthalmus maximux]), pargo (Pagrus pagrus [= Sparus pagrus]),corvinón ocelado (Sciaenops ocellatus) y otros espáridos, así como siganos (Siganus spp.)
  • Parte IV: Lubina, dorada, corvina, lisa (Liza, Mugil) y anguila (Anguilla spp.) en estanques de tierra en zonas de marea y lagunas costeras
  • Parte V: Esturión en agua dulce
  • Parte VI: Peces de aguas continentales Especies afectadas: Familia de la carpa (Cyprinidae) y otras especies asociadas en el contexto del policultivo, incluidos la perca, el lucio, los siluros, los corégonos y el esturión.
  • Parte VII: Producción ecológica de penéidos y camarones de agua dulce (Macrobrachium spp.)
  • Parte VIII: Cangrejos de río
  • Parte IX: Moluscos y equinodermos
  • Parte X: Peces tropicales de agua dulce: chanos (Chanos chanos), tilapia (Oreochromis spp.), peces de la familia Pangasius spp.

Anexo II. Parte III Normas de producción de algas y animales de la acuicultura

  • Piensos para animales carnívoros de la acuicultura: sin restricciones cuantitativas sobre piensos de origen vegetal
  • Producción juvenil cría de larvas de especies de peces marinos mesocosmos
  • Tratamientos veterinarios acuicultura
  • Sistemas y excepciones
  • Registros
  • Reglas de producción excepcionales en caso de circunstancias catastróficas

Informes del grupo de expertos en producción orgánica EGTOP

Proyectos europeos

FuturoEUAqua. Crecimiento futuro de la acuicultura europea convencional, orgánica y sostenible, resiliente y respetuosa con el clima. Proyecto dela Unión Europea Horizonte 2020 nº 817737.

Documentos de interés 

Dossier Informativo Norma Acuicultura orgánica de IFOAM EU Group. Año 2010.

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