Ramón Fernández-Pacheco Monterreal
¿Quiénes pueden beneficiarse del PRODER de Andalucía?
Información general
Resumen
Los destinatarios de estas subvenciones podrán ser cualquier persona física o jurídica con capacidad de obrar, incluido el propio Grupo de Desarrollo Rural, así como cualquier Administración Pública Local u organismo o sociedad dependiente de aquélla, siempre que la actividad o inversión que proponga se realice dentro del ámbito de actuación del Grupo de Desarrollo Rural o incida en beneficio del desarrollo del mismo.
Con carácter general, los solicitantes habrán de cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:
- Ser pequeña empresa en los términos previstos en el Reglamento (CE) 70/2001.
- No haber iniciado la inversión con anterioridad a la presentación de la solicitud ante el Grupo de Desarrollo Rural.
- Comprometerse a mantener el destino de la inversión durante al menos los cinco años posteriores a la realización de la misma.
- Disponer de las licencias de obra, actividad, de los informes ambientales procedentes, de las inscripciones en registros y de cualquier otro permiso o requisito que sea exigible, por la Administración Autónoma o por la Local, para la actividad de que se trate.
Responsable de la información publicada:
Teléfono
955032000
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