

Los destinatarios de estas subvenciones podrán ser cualquier persona física o jurídica con capacidad de obrar, incluido el propio Grupo de Acción Local, así como cualquier Administración Pública Local u organismo o sociedad dependiente de aquélla, siempre que la actividad o inversión que proponga se realice dentro del ámbito de actuación del Grupo de Acción Local o incida en beneficio del desarrollo del mismo.
Con carácter general, los solicitantes habrán de cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:
Los emprendedores y promotores deberán dirigir sus solicitudes de ayuda a la oficina o sede central del Grupo de Acción Local que le corresponda, bien en función del territorio en el que quiera realizar la actividad o la inversión, o del territorio al que beneficie.
Los solicitantes de las subvenciones deberán presentar al menos la siguiente documentación en la sede del Grupo de Acción Local: