Cooperación, en su sentido más amplio

Información general

Resumen

La Comisión declara que "la cooperación no se limitará a un simple intercambio de experiencias, sino que deberá consistir en la realización de una acción común e integrada, cuando sea posible, en una misma estructura".

Este objetivo general se incorpora a través de los siguientes objetivos específicos:

  1. Constitución de Grupos de cooperación integrados.
  2. Realización de acciones conjuntas de cooperación.
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