Impacto de la revisión intermedia de la PAC en el sector de los cultivos herbáceos en Andalucía
Información general
En la reciente reforma de la Política Agraria Común se establece la posibilidad de la aplicación parcial del régimen de pago único por explotación. En concreto, en el artículo 66 del llamado reglamento horizontal (1782/2003) referido a "pagos por cultivos herbáceos", se especifica que en el caso de estos cultivos los Estados miembros están facultados para retener hasta un 25% del componente de los límites máximos nacionales correspondiente a los pagos por superficie de cultivos herbáceos, exceptuando el pago por retirada obligatoria de tierras de la producción, o bien retener hasta un 40% del componente de los límites máximos nacionales correspondiente al pago suplementario por trigo duro.
El documento estudia el impacto de las diferentes opciones en Andalucía para adoptar una toma de decisiones consecuente y basada en datos objetivos. En concreto se evalúa el posible abandono de ciertos cultivos herbáceos con el régimen de pago único y con el caso de aplicación parcial del régimen de pago único del 75% destinado a pago único por explotación y 25% a ayuda por superficie.