Convenio de colaboración entre la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía y Reysa Elevaciones S.L. para el desarrollo de un programa dirigido a las personas titulares de la tarjeta andalucía junta sesentaycinco.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
El Director Gerente de la Agencia de Servicios Sociales yDependencia de Andalucía
El Administrador de REYSA ELEVACIONES S.L.
Duración
El plazo de vigencia del presente Convenio se establecerá, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, desde el 30 de noviembre de 2024 hasta 30 de noviembre de 2028.

Objeto

El presente Convenio tiene por objeto regular las relaciones entre la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía y la  empresa para el desarrollo de un programa dirigido a las personas titulares de la Tarjeta Andalucía Junta sesentaycinco, en relación con los productos y/o servicios que constan en el Anexo I de este convenio y conforme a la descripción que de los mismos se realiza en  dicho anexo.

Modificaciones

Las actuaciones y bonificaciones establecidas en el presente Convenio podrán ser modificadas mediante solicitud de la empresa dirigida a la Agencia que deberá mostrar expresamente su aprobación u oposición en el plazo de 30 días. Dicho acuerdo se unirá al convenio y formará parte integrante del mismo.

Obligaciones económicas

Las especificadas en el Anexo I del presente convenio.

Índice