SESIÓN DEL

LA JUNTA INTERPONDRÁ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2003

La nueva regulación de las entregas a cuenta del Fondo de Suficiencia supone un perjuicio financiero de 173,8 millones de euros para la comunidad autónoma

El Consejo de Gobierno ha autorizado hoy la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra dos preceptos de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2003. En concreto, se recurrirán el artículo 76, que regula las entregas a cuenta del Fondo de Suficiencia, y el 78, relativo a la aplicación del Fondo de Garantía del Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas para 1997-2001, así como las correspondientes partidas presupuestarias de la sección 32.

El primero de los artículos incluye un cálculo incorrecto de los Ingresos Tributarios del Estado para las entregas a cuenta del Fondo de Suficiencia, lo que se traduce en una merma del importe de las mismas. La Junta evalúa en 173,8 millones de euros este perjuicio financiero para la comunidad. Asimismo, considera que se conculcan los principios de suficiencia y autonomía financiera, seguridad jurídica y legalidad y publicidad de las normas, además de suponer una extralimitación de la Ley de Presupuestos.

Por su parte, el artículo 78 establece respecto a la aplicación del Fondo de Garantía una distribución de la riqueza en sentido inverso al preconizado por la Constitución, en cuanto que sólo corrige los desequilibrios a la baja en la recaudación por el IRPF y posibilita que se consolide la evolución al alza de estos ingresos en algunas comunidades autónomas. Se vulneran, por tanto, los principios constitucionales de solidaridad, seguridad jurídica y legalidad y publicidad de las normas.

En relación con este precepto, el Gobierno andaluz recuerda que la asunción del nuevo sistema de financiación autonómica suscrito en 2001 no implica la aceptación del reflejo presupuestario del anterior modelo en las cuentas estatales para 2003. Por tanto, se mantienen los fundamentos legales que han justificado desde 1997 la interposición de recursos de inconstitucionalidad contra las sucesivas leyes presupuestarias del Estado.

En conclusión, los dos artículos que se van a recurrir vulneran, a juicio del Consejo de Gobierno, los artículos 2, 9.3, 40.1, 134, 138, 139, 156.1, 157.1.a) y concordantes de la Constitución; el artículo 56 y concordantes del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y los artículos 2.1.d), 4.1.e), 13 y concordantes la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (Lofca).

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