SESIÓN DEL

APROBADA LA CREACIÓN DEL CONSEJO ANDALUZ DEL DEPORTE

El Consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta del consejero de Turismo y Deporte, Antonio Ortega, el decreto que regula la organización y el funcionamiento del Consejo Andaluz del Deporte, órgano consultivo y de asesoramiento de la Junta que contará con la participación de los distintos sectores relacionados con esta materia.

Entre otras funciones, el Consejo se encargará de la elaboración y seguimiento del Plan General del Deporte, el establecimiento de los criterios generales de coordinación con otras administraciones, el reconocimiento de modalidades deportivas, la creación y extinción de federaciones y la elaboración del Plan Director de Instalaciones Deportivas y de los Planes Locales de Instalaciones Deportivas.

El nuevo órgano, cuya sede se ubicará en los servicios centrales de la Consejería de Turismo y Deporte, estará integrado por el Pleno, compuesto por 42 miembros, y una comisión permanente de seis personas encargada de preparar las sesiones y elaborar la memoria anual de actividades.

El Pleno estará encabezado por el consejero y el viceconsejero de Turismo, que ejercerán los cargos de presidente y vicepresidente, respectivamente, e integrado por diversos representantes de consejerías y organismos autónomos de la Junta de Andalucía; los gerentes de la Fundación Andalucía Olímpica y de la Empresa Pública del Deporte Andaluz; seis miembros de la Federación de Municipios y Provincias de Andalucía; seis de las federaciones deportivas de la comunidad autónoma; tres de las organizaciones de consumidores y usuarios; dos de las universidades, y uno de los medios de comunicación, así como por cinco expertos de reconocido prestigio en materia deportiva. Todos ellos ejercerán su cargo durante un periodo de cuatro años renovables.

El decreto aprobado hoy fija un plazo de dos meses a partir de su entrada en vigor para que los organismos e instituciones representados en el Consejo propongan a la Consejería de Turismo y Deporte sus miembros para el Pleno y la Comisión. La sesión constitutiva se celebrará en el plazo de un mes a partir del nombramiento de estos representantes.

El Pleno del Consejo se reunirá una vez al semestre y se podrán convocar sesiones extraordinarias a petición propia o cuando lo solicite, al menos, la cuarta parte de los miembros. Los acuerdos serán adoptados por mayoría y en caso de empate el voto del presidente tendrá carácter decisorio.

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