SESIÓN DEL

LA JUNTA REFUERZA LAS MEDIDAS CONTRA EL RUIDO CON NUEVAS EXIGENCIAS EN LA AUTORIZACIÓN DE PROYECTOS Y ACTIVIDADES

El Consejo de Gobierno aprueba la norma que servirá de referencia a los ayuntamientos andaluces en su lucha contra la contaminación acústica

La Junta de Andalucía establecerá límites de ruido según los usos del suelo y exigirá estudios acústicos específicos a todos los proyectos de instalaciones y actividades que se autoricen en la comunidad autónoma. Estas son las dos principales novedades del Reglamento de Protección contra la Contaminación Acústica en Andalucía aprobado hoy por el Consejo de Gobierno.

La norma, que servirá de marco legal de referencia para la labor de control que desarrollan los ayuntamientos andaluces, unifica por primera vez en un texto diferenciado las anteriores disposiciones autonómicas sobre esta materia, además de incorporar la reciente directiva europea de evaluación y gestión del ruido ambiental. Hasta ahora, las normas contra la contaminación acústica se englobaban en la legislación más general sobre protección de la calidad del aire.

El principal instrumento de control que recoge el reglamento es la determinación de cinco tipos de zonas con sus correspondientes límites sonoros, que varían dependiendo de los usos del suelo y de las franjas horarias. Las mayores exigencias se aplicarán en las denominadas áreas de silencio, donde se incluyen los espacios naturales protegidos y las zonas de uso sanitario, docente y cultural, así como en las áreas levemente ruidosas, integradas básicamente por zonas verdes y espacios recreativos y residenciales.

El resto de áreas, con límites menos restrictivos, son las tolerablemente ruidosas (hospedaje, oficinas, usos comerciales y deportivos); las ruidosas (zonas industriales, portuarias y de servicios públicos), y las especialmente ruidosas, afectadas éstas por servidumbres sonoras en favor de autopistas, rondas de circunvalación, ejes ferroviarios, aeropuertos, otras infraestructuras de transporte y espectáculos al aire libre.

Para aplicar esta zonificación, los municipios deberán diseñar mapas de ruidos en los que se reflejen los distintos límites y objetivos de calidad aplicables a cada área urbana. Estos documentos, que servirán de soporte técnico a los planes municipales contra la contaminación acústica, serán obligatorios para las ciudades de 250.000 habitantes antes de junio de 2007 y para las de más de 100.000 habitantes antes de junio de 2009.

Estudios acústicos
La otra gran novedad recogida en el reglamento es la exigencia de un estudio específico sobre cumplimiento de normas de calidad acústica para la autorización de cualquier proyecto de instalación o actividad generadora de ruidos y vibraciones, independientemente de la necesidad de otro tipo de licencias o informes de evaluación de impacto ambiental. Estos estudios, que también incluyen aspectos relativos a aislamientos acústicos, deberán ser realizados por técnicos de las entidades colaboradoras de la Junta de Andalucía en materia de protección ambiental.

En cuanto a los organismos encargados de la labor inspectora, el reglamento seguirá aplicando lo estipulado en la Ley de Protección Ambiental de Andalucía. De este modo, a la Consejería de Medio Ambiente corresponderá el control y la vigilancia de todas aquellas grandes obras y proyectos incluida la planificación urbanística que precisan de informes de impacto ambiental, mientras que los ayuntamientos se encargarán del resto (ocio y espectáculos, trabajos en edificaciones y en la vía pública, circulación de vehículos y actividades comerciales y domésticas, entre otras). La Consejería de Medio Ambiente intervendrá con carácter subsidiario si los municipios no actúan ante incumplimientos sistemáticos de normas contra el ruido en situaciones cuyo control sea de su competencia.

La norma aprobada hoy introduce también mejoras relativas a los requerimientos técnicos de los equipos de medición que se utilizan para evaluar los niveles de calidad acústica y los límites admisibles, tanto en el interior como en el exterior de las edificaciones. Finalmente, recoge sanciones que oscilan entre los 300.000 euros para las infracciones muy graves y los 600 para las leves.

Según estudios de la Organización Mundial de la Salud, el ruido ambiental tiene efectos adversos sobre la salud de las personas con una especial incidencia en trabajadores y en niños. Deficiencias en la audición, trastornos del sueño y la conducta, merma en el rendimiento y disfunciones fisiológicas o de salud mental son algunas de las consecuencias de los altos niveles sonoros en la sociedad actual.

Los límites admisibles de ruido ambiental estipulados por las normas internacionales se sitúan por debajo de los 65 decibelios de día y los 55 de noche. Dentro de la Unión Europea, aproximadamente la mitad de la población vive en zonas de gran contaminación acústica. En las carreteras más transitadas se registran niveles de hasta 80 decibelios las 24 horas del día.

Superación de límites
Desde la década de los 90 la Junta de Andalucía viene realizando estudios sistemáticos sobre la incidencia del ruido ambiental en las ocho provincias de la comunidad. Estos trabajos se desarrollaron primero en las ciudades de más de 50.000 habitantes y posteriormente en las de más de 20.000. Más recientemente también se han llevado a cabo mediciones en poblaciones de menos de 10.000 habitantes.

De acuerdo con los datos obtenidos, que se facilitan a los ayuntamientos para que adopten las correspondientes medidas contra la contaminación acústica, todos los núcleos urbanos andaluces estudiados sobrepasan en mayor o menor medida los límites fijados por las citadas normas internacionales. El tráfico, las zonas de ocio en periodos nocturnos y las actividades industriales y comerciales constituyen las principales fuentes de ruido en la comunidad autónoma.

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