SESIÓN DEL

APROBADO EL DECRETO QUE ESTABLECE UN SISTEMA DE INFORMACIÓN SOBRE EL MALTRATO INFANTIL EN ANDALUCÍA

El Consejo de Gobierno ha aprobado la creación de un Sistema de Información sobre el Maltrato Infantil en Andalucía en el que se incluirán los casos en los que se tenga constancia de que un menor ha sido o está siendo víctima de malos tratos y al que podrán acceder las administraciones públicas con competencias en materia de protección de menores.

Con este decreto el Gobierno andaluz pretende tener un adecuado conocimiento sobre este problema social para que las administraciones competentes puedan afrontarlo coordinadamente. Andalucía es la primera comunidad autónoma de España que pone en marcha esta iniciativa, exigida por la Unión Europea, y que forma parte del Plan Integral de Atención a la Infancia 2003-2007, aprobado recientemente por la Junta.

Para su inclusión en este Sistema de Información, que dispondrá de un soporte informático gestionado por la Consejería de Asuntos Sociales, se entenderá por caso de maltrato infantil cualquier acción, omisión o trato negligente, no accidental, por parte de los padres, cuidadores o instituciones, que comprometa la satisfacción de las necesidades básicas del menor e impida o interfiera en su desarrollo físico, psíquico o social.

La información relativa a los casos detectados de malos tratos a menores se incorporará al Sistema de Información a través de un modelo unificado denominado Hoja de Detección y Notificación de Maltrato Infantil, que contendrá los datos de identificación del menor, la fuente de detección del maltrato, la tipología, indicadores y valoración del mismo, las instancias a las que se ha comunicado esta situación de violencia y los datos del servicio que detecte el caso.

Según el decreto, los titulares de los servicios públicos y el personal de los mismos, como por ejemplo médicos o profesores, que detecten un caso de malos tratos a menores, deberán cumplimentar la citada Hoja. Si el maltrato se considera leve o moderado, ésta se enviará a los servicios sociales de los ayuntamientos, mientras que si el caso se considera grave, la Hoja se dirigirá a la Delegación Provincial de Asuntos Sociales de la Junta correspondiente. Serán estos servicios sociales municipales o de la Junta los que, previa realización de las actuaciones complementarias que consideren convenientes y con audiencia de los interesados, acuerden el archivo de la Hoja de Detección y Notificación o el inicio del procedimiento para su inscripción en el Sistema de Información sobre el Maltrato Infantil en Andalucía.

La inscripción de los datos personales de los menores, así como de sus familiares o representantes legales, será comunicada a los interesados, quienes tendrán la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. En caso de discrepancia, los familiares o representantes legales de los menores podrán presentar un recurso administrativo en la Dirección General de Infancia y Familia de la Consejería de Asuntos Sociales o iniciar un procedimiento judicial.

El texto establece que la Consejería de Asuntos Sociales garantizará la confidencialidad de los datos incluidos en este Sistema de Información a cuyo contenido podrán acceder los jueces, tribunales y Ministerio Fiscal, así como las administraciones públicas con competencias en materia de protección de menores. Las entidades y grupos de investigación que pretendan realizar estudios sobre las causas de los malos tratos a menores, tipología, incidencia territorial en la comunidad autónoma u otro tipo de informaciones estadísticas o científicas, podrán acceder a los contenidos del sistema una vez seleccionados los datos que les interesen.

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