LA JUNTA DECLARA MONUMENTO LA IGLESIA DE LA CONCEPCIÓN DE PINOS DEL VALLE
El Consejo de Gobierno ha acordado hoy declarar Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, la Iglesia de la Concepción de Pinos del Valle (Granada), un destacado exponente de los templos mudéjares construidos durante el siglo XVI en el Reino de Granada.
La iglesia se ubica en un enclave de alto valor paisajístico dentro del Barrio Bajo de la localidad, zona de calles tortuosas y empinadas sobre la ladera del valle de Lecrín que mira a Sierra Nevada. En su origen siguió el modelo generalizado a partir de 1540 de templo de una nave cubierta con armadura mudéjar, si bien posteriormente fue objeto de distintas intervenciones.
La primera reforma se llevó a cabo tras la rebelión morisca de 1568, momento en que la iglesia fue incendiada y se hizo necesario labrar una nueva armadura. En el siglo XVIII, al igual que ocurrió en numerosos templos en la misma época, se le añadió el crucero y la capilla mayor, configurando así una planta en forma de cruz latina. La armadura también fue sustituida por una bóveda de cañón con lunetos.
El templo conserva en el exterior, no obstante, la sobriedad de la primitiva iglesia mudéjar. La portada, a los pies de la nave, no recibe tratamiento ornamental y tan sólo se remarca por una fina moldura a modo de cornisa. La torre, en la derecha de la cabecera, ofrece dos cuerpos de ladrillo visto y cubierta a cuatro aguas con teja de cerámica.
En el interior los muros son lisos y blancos, interrumpidos sólo por imágenes de santos sobre peanas. A los pies de la nave se sitúa el coro alto añadido en época barroca, con baranda de balaustres torneados, mientras que en el arco que da paso a la capilla mayor se alza un púlpito del siglo XVIII que sigue el gusto rococó.
La capilla mayor y los brazos del crucero, de mayor riqueza ornamental, albergan cuatro retablos de los siglos XVIII y XIX, también protegidos por la declaración de Bien de Interés Cultural, al igual que el tabernáculo de estilo barroco.
En cuanto la zona de protección que se establece en torno al monumento, el área delimitada comprende tanto diversas parcelas urbanas como, en la parte posterior del edificio, terrenos rústicos y de labor.