SESIÓN DEL

EL CONSEJO SOLICITA LA DEROGACIÓN DE LA NORMA QUE ATRIBUYE COMPETENCIAS AUTÓNOMICAS AL CENTRO NACIONAL DE TRASPLANTES

El Real Decreto que aprueba los estatutos de este organismo centraliza la investigación con células madre excluyendo a las comunidades autónomas

El Consejo de Gobierno ha acordado hoy requerir al Gobierno central la derogación del Real Decreto 176/2004 por el que se aprueba el estatuto del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa. A juicio del Gobierno andaluz, esta norma vulnera las competencias de la comunidad autónoma, al atribuir a dicho centro diversas funciones de gestión de la investigación con preembriones para fines terapéuticos que son exclusivas de la Administración autonómica.

El Consejo ha acordado también autorizar al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía a plantear el correspondiente conflicto positivo de competencias ante el Tribunal Constitucional en el supuesto de que el Gobierno central no atienda este requerimiento.

Los preceptos cuestionados son la disposición adicional quinta del Real Decreto y los artículos 5 b) y 12 del estatuto del Centro Nacional de Trasplantes. En la primera se obliga a los centros de reproducción humana asistida a poner a disposición de este organismo los preembriones sobrantes para fines de investigación, con el fin de constituir un único banco nacional de líneas celulares que podrá tener varias sedes y excluirá la existencia de bancos autonómicos.

En este sentido, el Gobierno andaluz recuerda que la Administración central sólo está facultada para coordinar el ejercicio de las competencias de investigación que tienen las comunidades autónomas, pero sin agotarlas ni vaciarlas de contenido. El actual marco constitucional sólo atribuye al Estado la potestad de regular la coordinación general, mientras que el Estatuto de Autonomía establece la competencia exclusiva sobre la gestión.

En similar vulneración de competencias incurren los artículos 5 b) y 12 del propio estatuto del Centro Nacional de Trasplantes, que asignan a este organismo estatal, entre otras funciones, la custodia de los preembriones almacenados para investigación; la decisión sobre su destino; la evaluación preceptiva y vinculante de los proyectos con estructuras celulares procedentes de los mismos que se desarrollen en el territorio nacional, y la autorización de centros que investigan con material biológico de origen preembrionario. Se sustraen de este modo a la comunidad autónoma importantes aspectos del proceso investigador sobre aplicaciones terapéuticas de las células madre embrionarias.

El acuerdo de requerimiento aprobado hoy se suma al recurso de inconstitucionalidad que autorizó el Consejo de Gobierno el pasado 17 de febrero contra la Ley 45/2003 que modifica la Ley estatal sobre Técnicas de Reproducción Asistida. En esta norma también se adjudican al Centro Nacional de Transplantes facultades que, además de vulnerar el ámbito competencial de la comunidad autónoma, pueden suponer un freno para el desarrollo efectivo de las investigaciones con células madre en España.

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