LA JUNTA APRUEBA UN DECRETO PARA ELIMINAR LAS LISTAS DE ESPERA EN ATENCIÓN ESPECIALIZADA
El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto para eliminar las listas de espera en atención sanitaria especializada, que posibilitará que los ciudadanos de la comunidad autónoma sean atendidos por el médico especialista en un plazo medio inferior al mes, mientras que el acceso a las pruebas diagnósticas no superará los 15 días de promedio.
Para ello, se establece una garantía de plazos máximos de respuesta en el Sistema Sanitario Público andaluz, similar a la existente en las intervenciones quirúrgicas, mediante la cual ningún ciudadano tendrá que esperar más de 60 días para ser atendido en la consulta del especialista ni más de 30 para realizarse una prueba diagnóstica. En caso de que se superen estos plazos, los pacientes tendrán derecho a acudir a un centro privado con cargo a la Junta de Andalucía.
Respecto a los compromisos en atención especializada, se cubrirán todas las especialidades que pueden ser derivadas desde la atención primaria y que tienen gran demanda ciudadana como traumatología, cardiología, neurología, oftalmología, ginecología, neumología, aparato digestivo, cirugía general, endocrinología, dermatología u oncología médica, entre otras.
En cuanto a las pruebas diagnósticas, se garantizan cerca de 300 procedimientos, que abarcan desde los medios más complejos, como arteriografías, cateterismos cardiacos, gammagrafías, resonancias y TAC; hasta las técnicas más habituales de diagnóstico, como análisis, radiografías, ecografías, biopsias endoscopias, pruebas funcionales o citología.
El decreto no afecta a las actuaciones sanitarias en situaciones de urgencia, ya que éstas se realizan sin demora alguna, ni tampoco a los pacientes calificados como preferentes y de atención clínica prioritaria, que también tienen un sistema de gestión diferenciado. Por tanto, esta normativa abarca el acceso a la atención especializada programada.
Proceso completo
Además, el decreto garantiza tiempos máximos de respuesta para procesos asistenciales. En estos casos las garantías reconocidas con carácter general para consultas y pruebas diagnósticas se unifican y se ofrece una garantía integral: los andaluces tendrán derecho a ser atendidos por todos los especialistas que necesiten, a someterse a todas las pruebas diagnósticas que requieran, y a recibir un diagnóstico y una propuesta terapéutica ajustada a sus necesidades, todo ello en un plazo máximo que oscila entre los 30 y los 60 días.
En una primera fase se han incluido aquellos procesos en los que se sospecha la existencia de una enfermedad con riesgo vital para el paciente o que comprometen su calidad de vida, como los oncológicos o los relacionados con las enfermedades cardiovasculares, patologías que han sido priorizadas desde la Consejería de Salud a través de planes integrales. Para los tumores de cervix/útero, mama, próstata, colorrectal, piel y laringe, se fija un máximo de 30 días, mientras que para las dolencias cardiovasculares (dolor torácico e insuficiencia cardiaca) se establecen 60 días.
Se trata de una garantía mucho más avanzada, ya que cubre desde el momento en que el médico de cabecera sospecha la existencia de una enfermedad hasta que el paciente obtiene el tratamiento correspondiente, incluyendo la consulta a los especialistas que se indiquen y la realización de las pruebas diagnósticas que sean necesarias, todo ello dentro de los plazos máximos fijados. La Consejería de Salud ampliará este sistema de garantías a nuevos procesos asistenciales a medida que éstos se vayan implantando en el Sistema Sanitario Público.
La administración sanitaria creará tres registros para procesos asistenciales, consultas de especialistas y pruebas diagnósticas que garantizarán el cumplimiento de los plazos previstos en este decreto. Estos registros serán comunes para toda la región, aunque su gestión se realizará de forma descentralizada. El tiempo se contará a partir de la fecha de inscripción en dicho registro, que deberá ir acompañada de la firma del facultativo que indicó la consulta o prueba.
Desde ese momento, la Consejería de Salud habilitará los medios y recursos necesarios para garantizar que el paciente pueda acudir a la consulta o se le realice la prueba diagnóstica en los centros públicos andaluces o concertados antes de los plazos estipulados. Si finalmente el usuario no obtiene cita para ser atendido dentro del plazo de respuesta o éste ya ha transcurrido, podrá solicitar atención en un centro privado autorizado, asistencia que será costeada por la Junta de Andalucía.
La Consejería de Salud pondrá a disposición de los pacientes información pública sobre los tiempos de atención por centros, servicios y procedimientos, siguiendo la línea de transparencia y fomento de la participación ciudadana consolidada con el decreto de garantías de respuesta para intervenciones quirúrgicas.
El decreto aprobado hoy por el Consejo de Gobierno entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), aunque se establece un periodo de doce meses para garantizar el cumplimiento de este derecho, tiempo en el que los centros sanitarios andaluces deberán adecuar su estructura organizativa y los sistemas de citación.
Andalucía es pionera en el conjunto del Estado en la regulación de una nueva generación de derechos sanitarios de los ciudadanos, como la garantía de plazo de respuesta para intervenciones quirúrgicas, la segunda opinión médica o la voluntad vital anticipada.