SESIÓN DEL

EL GOBIERNO ANDALUZ MODIFICA LA LEY DE LA RTVA PARA ESTABLECER LA ELECCIÓN DEL DIRECTOR GENERAL POR EL PARLAMENTO

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto de modificación de la Ley 8/1987 de creación de la Radiotelevisión de Andalucía, con el objetivo de establecer el nuevo procedimiento de elección del director general y del presidente del Consejo de Administración de esta empresa pública.

De acuerdo con la reforma legal propuesta, el director general será elegido por una mayoría cualificada de tres quintos del Parlamento de Andalucía y nombrado por el Consejo de Gobierno, frente a la anterior designación directa por parte del Ejecutivo andaluz. La Cámara legislativa autonómica deberá iniciar el proceso de elección en el plazo máximo de un mes a partir de la entrada en vigor de la nueva ley.

En cuanto al cese del director general, que corresponde al Consejo de Gobierno, el nuevo texto define de forma más clara las causas y añade la relativa a la expiración del plazo de su mandato. Como principal novedad, será obligatoria la propuesta del Consejo de Administración de la RTVA, adoptada por mayoría de tres quintos, en los siguientes supuestos: incapacidad física o enfermedad grave de duración superior a tres meses, incumplimiento grave en el ejercicio de las funciones, condena mediante sentencia firme por delito doloso, incompatibilidad sobrevenida e incapacidad para el ejercicio del cargo declarada en sentencia firme.

En los casos de incumplimiento grave e incompatibilidad sobrevenida será necesaria, además, la audiencia previa del interesado. Para las dos causas restantes (renuncia y expiración del plazo), el Consejo de Gobierno podrá acordar el cese sin los nuevos requisitos citados. Vacante el cargo, el Parlamento de Andalucía iniciará el procedimiento de elección en un plazo no superior a un mes.

Finalmente, el nuevo texto refuerza la figura del presidente del Consejo de Administración, eliminando tanto su función meramente administrativa como el carácter rotatorio de su mandato. De este modo, se establece que el cargo será elegido por el propio Consejo por mayoría absoluta y por un periodo de cuatro años, frente a la actual designación rotatoria entre sus miembros cada dos meses.

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