SESIÓN DEL

La Junta aprueba un procedimiento que facilita la actuación de la Inspección en la administración

Su aplicación, vigente desde el pasado 7 de febrero, está recogida en la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de la aprobación, por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, de un procedimiento administrativo especial de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) que agilizará el desarrollo de medidas correctoras en materia de prevención de Riesgos Laborales en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía.

El procedimiento, recogido en la Orden de 1 de febrero de 2024, entró en vigor el pasado 7 de febrero tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). La regulación de este procedimiento, prevista en la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud  en el Trabajo 2017-2022, ha sido una prioridad para el Gobierno andaluz, que continúa apostando por la prevención de riesgos laborales.

La normativa afecta a todo el personal empleado de los distintos centros, dependencias o lugares de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía con independencia de que la relación que se mantenga sea de naturaleza laboral, estatutaria o funcionarial. No será de aplicación para las sociedades mercantiles y fundaciones del sector público andaluz, ni tampoco para las entidades públicas empresariales, que quedan excluidas de este procedimiento y sometidas al régimen ordinario derivado de la plena aplicación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto. Quedan excluidas de la orden las cuestiones de prevención de riesgos laborales que se susciten respecto del personal de las empresas contratistas, subcontratistas de obras o servicios o concesionarias que realicen su actividad en instalaciones de los órganos y entidades de la Administración, a los que se aplicará el procedimiento ordinario.

Con esta orden, que determina qué órganos y unidades participan, de qué manera, así como sus plazos de actuación, Andalucía dispondrá, como ya lo hace Cataluña y el País Vasco, de un procedimiento específico para la corrección de incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales observados por la Inspección de Trabajo en la Administración de la Junta de Andalucía. Estas medidas han sido aprobadas en virtud de lo previsto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en consonancia con lo previsto en el procedimiento estatal regulado en el Real Decreto 707/2002, que aplica a aquellas administraciones públicas que no poseen normativa propia. 

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