SESIÓN DEL

Aprobado el Plan de Inspección Universitaria, que pondrá el foco en centros extranjeros

Estas funciones de inspección serán realizadas por los secretarios generales provinciales de las delegaciones territoriales

El Consejo de Gobierno ha tomado conocimiento de las órdenes de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación por las que se aprueba el Plan de Inspección Universitaria de Andalucía para el año 2024, primer instrumento que se pone en marcha desde la Administración autonómica para llevar a cabo sobre el terreno labores de control y seguimiento de esta actividad, y por la que se habilita a los secretarios generales provinciales de las delegaciones territoriales de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación para desempeñar estas funciones de inspección. 

Con ambas medidas, se dota por primera vez tanto de un marco básico de actuación como de personal funcionario para velar por la legalidad y garantizar la calidad de la enseñanza de educación superior. La labor inspectora es una medida recogida y reconocida en la actual ley andaluza en materia universitaria, que data de 2013, pero que no se había implementado hasta ahora. Según dicha legislación, la inspección universitaria debe encargarse de vigilar, con carácter general, de que se cumplan los requisitos, condiciones y compromisos estipulados para reconocer nuevos proyectos universitarios, para aprobar la creación de centros o su adscripción o para la impartición de enseñanzas, en especial de las que se rigen por sistemas educativos extranjeros.

El plan diseñado para 2024 se orienta hacia los centros de enseñanzas universitarias que ofertan enseñanzas y expiden títulos conforme a sistemas educativos extranjeros, con el fin de eliminar y corregir aquellas prácticas que pudieran ser constitutivas de infracción administrativa o sanción. Para ello, se ha previsto realizar una evaluación inicial que determine la posible existencia de este tipo de iniciativas. Tras este primer estudio, el personal encargado de la inspección realizará visitas in situ o requerimientos de documentación para comprobar que dichas entidades disponen de la autorización administrativa correspondiente y cumplen con las exigencias en cuanto a profesorado y personal docente, plan de estudios o emisión de títulos. De igual modo, se podrá controlar si la publicidad que hacen de su actividad es engañosa o induce a error sobre la naturaleza de los títulos, entre otras tareas. 

Con el fin de acelerar el servicio de inspección, el Gobierno andaluz ha analizado diferentes mecanismos legales y ha optado por atribuir estas funciones a los secretarios generales provinciales, dado que esta solución posibilita actuar al día siguiente de la publicación de la orden habilitante. 

Esa actividad estará desempeñada por funcionarios del grupo A1, dependientes de la Consejería de Universidad, que tendrán, además, la consideración de agentes de la autoridad. La potestad sancionadora recaerá en cualquiera de los casos en el titular de la consejería competente en Universidad. Este personal vigilará, con carácter general, que no se cometan infracciones como la puesta en funcionamiento de un centro universitario o la impartición de enseñanzas sin la correspondiente autorización administrativa, la difusión de publicidad engañosa sobre iniciativas de este tipo o el incumplimiento de los índices de calidad en lo referente al Personal Docente e Investigador (PDI) o al Personal Técnico de Gestión, Administración y Servicios (PTGAS) de las universidades. 

Control de los proyectos educativos privados

Al margen de que este año se focalicen las actuaciones en los centros educativos que se rigen por sistemas extranjeros, el Gobierno andaluz pretende orientar especialmente esta actividad a los proyectos educativos que surjan de la iniciativa privada, teniendo en cuenta que las instituciones académicas públicas cuentan con numerosos mecanismos de vigilancia, entre los que destacan el control de los consejos sociales, las auditorías externas o los propios informes de la Cámara de Cuentas. 

Precisamente, la Junta de Andalucía ya trabaja en esa dirección a través de la nueva Ley Universitaria Para Andalucía (LUPA). El futuro texto legal pretende endurecer las condiciones de creación, desarrollo y funcionamiento de las universidades privadas en la comunidad con el objetivo de reforzar la calidad y excelencia del sistema universitario y de asegurar la prestación de este servicio público. Ese documento normativo exigirá a los promotores una trayectoria contrastada en educación superior o la reserva de parte de los ingresos a becas y actividades de investigación, entre otros aspectos. 

El texto también dará cabida a otra serie de obligaciones, entre las que destaca la imposición a las instituciones académicas privadas de disponer de órganos de representación de la comunidad universitaria y, especialmente, de aquellos referidos a estudiantes. A esto se suma que los integrantes de los órganos rectores de carácter académico de estas entidades tendrán que reunir experiencia académica y profesional suficiente, bien en gestión y docencia o bien en investigación, innovación y transferencia de conocimiento.  

Índice