SESIÓN DEL

La Junta de Andalucía presenta recurso de inconstitucionalidad contra la ley de amnistía

El Consejo de Gobierno autoriza en una sesión extraordinaria el último trámite para la presentación del recurso ante el Constitucional

El Consejo de Gobierno ha aprobado la formalización de un recurso de inconstitucionalidad contra la denominada Ley Orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña y que fue aprobada en el Congreso de los Diputados el 30 de mayo de 2024.

El Gobierno andaluz, reunido en una sesión extraordinaria, reconoce que las Cortes Generales tienen atribuido el ejercicio de la potestad legislativa, pero recalca que dicha potestad está sujeta a límites, debiendo ejercerse de manera que no vulnere la Constitución Española ni suponga una reforma encubierta de la misma. Así, considera que la ley aprobada vulnera normas y principios constitucionales.

Por otro lado, el Consejo de Gobierno también ha aprobado instar al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía a formalizar la recusación de tres magistrados del Tribunal Constitucional ante dicho recurso de inconstitucionalidad presentado por la Junta de Andalucía. Así, el Gobierno andaluz presentará la recusación del presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido Turón; y de los magistrados Juan Carlos Campo Moreno y Laura Díez Bueso.

En este sentido, en el caso de Conde-Pumpido, entiende que debe ser recusado para garantizar preventivamente el derecho con todas las garantías para quienes son parte o se ven afectados por el contenido de las resoluciones y para reforzar la apariencia y confianza en la imparcialidad del Tribunal en el ejercicio de las funciones que tiene atribuidas en defensa de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.

En los casos de los magistrados, la Junta de Andalucía señala que ambos han ocupado cargos públicos del actual Gobierno e intervinieron en la formación de criterio para la deliberación y aprobación de los argumentos que motivaron los indultos parciales y en la fijación de criterio del Ministerio sobre la constitucionalidad tanto de estos indultos como de la propia Ley.

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