La Junta inicia la tramitación del anteproyecto de Ley de Universidades para Andalucía
El Consejo de Gobierno ha aprobado el inicio de la tramitación del anteproyecto de Ley de Universidades para Andalucía (LUPA), que tendrá como principales objetivos proteger el sistema público universitario, incrementar los derechos del estudiantado, potenciar la internacionalización y estabilizar la carrera académica. Además, pretende favorecer la transferencia de conocimiento entre universidad y empresa, mejorar la gobernanza e impulsar una mayor transparencia de las instituciones académicas.
El Gobierno andaluz deberá ahora someter el texto legal a información pública y solicitar los informes preceptivos del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, del Consejo Andaluz de Universidades (CAU) y del Consejo Consultivo para su visto bueno como proyecto de ley y su traslado posterior al Parlamento de Andalucía, donde su aprobación será sometida a debate. El documento, que sustituirá al actual de 2013, ha sido acordado con los rectores, la comunidad educativa y los agentes económicos y sociales.
En materia del estudiantado, la norma reconoce, por primera vez, que los alumnos tendrán derecho por ley a un sistema de bonificación de los precios de la matrícula universitaria, lo que permitirá blindar la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación superior. Otra de las novedades hace referencia a que, en Andalucía, se garantizará por ley la movilidad internacional de los universitarios a través de los programas de ayudas y becas al estudio que oferten las instituciones académicas públicas y estén financiados por la Junta de Andalucía.
Precisamente, en este apartado de la proyección internacional, se determina la obligación de disponer del B2 en la acreditación de un idioma extranjero tanto para la obtención de un título oficial universitario como para el acceso del profesorado a las categorías de personal ayudante doctor y contratado doctor. Esa condición será exigible a partir de octubre de 2029. También se fija la creación de una estrategia que atenderá no sólo a los aspectos de movilidad, sino también a otras cuestiones relacionadas con la investigación y la captación del talento, y se apunta a la Universidad Internacional de Andalucía (UNIA) como pieza clave de esa línea de trabajo.
Para favorecer la retención del talento y dar estabilidad a la carrera académica del profesorado, el anteproyecto introduce una serie de medidas, entre las que destacan la posibilidad de que el personal docente e investigador colabore con otros agentes del sistema del conocimiento, mejorando así la competitividad de las universidades andaluzas; o se adscriba a cualquier otra administración durante seis meses para adquirir nuevos conocimientos o reciclarlos. De igual modo, introduce figuras profesionales en el profesorado para dar estabilidad y adelantar el inicio de la carrera académica, como es el caso del ayudante doctor, que la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU) había eliminado previamente, y el del ayudante doctor vinculado al sistema sanitario. Estos perfiles, junto a los programas posdoctorales de excelencia, garantizarán un relevo generacional de calidad que refuerce el sistema universitario.
La norma también aboga por limitar los contratos de profesores sustitutos y por transformar esos cuerpos en figuras estructurales, con el fin de eliminar la precarización laboral de la plantilla universitaria. En política de personal, el texto legal plantea que Andalucía no aplicará a los programas dedicados a la captación y retención del talento la limitación de 120 horas lectivas que impuso la LOSU a la dedicación del profesorado.
Financiación del sistema público
En el articulado de la ley también se determina la disposición de un modelo de financiación común para el conjunto de las universidades públicas, revisable cada cinco años, que tendrá que contar con una estructura ya definida en tres grandes bloques. El primero alude a la financiación básica armonizada, destinada a cubrir los costes necesarios del sistema público para prestar los servicios académicos, de investigación y de transferencia de conocimiento y hacen referencia a los gastos de personal, de funcionamiento y de mantenimiento. El segundo hace referencia a la financiación afecta a resultados, articulada a través de los contratos programas; y el tercero, a la de nivelación, que, atendiendo a las singularidades de cada una de las instituciones académicas, permitirá corregir posibles desviaciones producidas por la aplicación de otros modelos anteriores.
Este reconocimiento por ley también se hace extensible a los remanentes, que hacen alusión a las transferencias de la Junta de Andalucía realizadas a las universidades públicas que no se han ejecutado. Además, la LUPA, con el fin de dar mayor seguridad y garantía al sistema, recoge la posibilidad de que estas instituciones dispongan de un interventor como personal técnico, de gestión y de administración y servicios que deberá ser personal funcionario de ese cuerpo específico. Otro de los aspectos en los que profundiza el anteproyecto es el impulso a la formación continua, con el reconocimiento de títulos propios de las universidades y microcredenciales, con los que los estudiantes podrán mejorar sus competencias de manera flexible y más ajustada al mercado laboral.
En cuanto a los consejos sociales, se refuerzan sus funciones en la captación de fondos, se introduce una partida finalista en los presupuestos de la Junta de Andalucía y se establecen mayores exigencias de transparencia y objetividad en sus actividades. En materia de coordinación, se crea el Consejo Andaluz de Coordinación Universitaria para ampliar la representación del actual Consejo Andaluz de Universidades. También se fija la puesta en marcha de un Consejo Asesor de Estudiantes de las Universidades Públicas de Andalucía y de un Observatorio de Datos.
La ley universitaria incrementa los requisitos para la creación, desarrollo y funcionamiento de las instituciones académicas privadas en Andalucía, con el objetivo de reforzar la calidad y excelencia del sistema universitario de la comunidad y de asegurar la prestación de este servicio público. Entre las exigencias, se requerirá que los promotores y gestores de las iniciativas dispongan de una trayectoria contrastada en el servicio público de educación superior.
Asimismo, la futura legislación propone que las entidades tengan que reservar un 3% de sus ingresos anuales a programas de becas y ayudas al estudio y destinar un 5% a planes propios de investigación. También será necesario acreditar solvencia económico-financiera y garantizar las infraestructuras y el personal adecuados para el ejercicio universitario, y se impondrá a estas instituciones la obligación de disponer de órganos de representación del estudiantado.
Por otro lado, para la creación tanto de nuevos proyectos públicos como privados, la LUPA recoge, entre los requisitos, que esas entidades garanticen la implantación progresiva de mecanismos para facilitar la incorporación de los egresados al mundo laboral. Además, la norma impone un periodo de cuatro años para volver a presentar una solicitud a aquellos promotores cuyos proyectos hayan sido denegados.
La mayor reforma de los últimos 30 años
La LUPA, junto a la Ley para el Avance de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación para Andalucía (ACTIVA), constituyen uno de los principales pilares en los que se sustenta la mayor reforma del sistema universitario andaluz de los últimos treinta años que está acometiendo la Junta de Andalucía y que culminará este nuevo curso.
Además de esa renovación normativa, también se han puesto en marcha otros cambios estructurales como el nuevo modelo de financiación para el sistema público, la aprobación del decreto de ordenación de enseñanzas, que ha desembocado en la programación universitaria a implantar a partir del curso 2025/2026 o la mejora salarial y laboral de docentes e investigadores y del personal técnico, de administración y servicios.