APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE FUNDACIONES, QUE PERMITIRÁ UNA MAYOR TRANSPARENCIA EN LA GESTIÓN DE ESTAS ENTIDADES
El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de Ley de Fundaciones de Andalucía, norma que unificará la regulación de las más de 900 entidades de este tipo que funcionan en la comunidad autónoma para mejorar su tutela y aumentar la transparencia en su funcionamiento y gestión. Este texto ya fue remitido al Parlamento andaluz el pasado mes de noviembre, pero no pudo ser aprobado al agotarse la legislatura.
Entre otras novedades, el proyecto establece un mayor control en el régimen económico de las fundaciones, especialmente en lo referente a la disposición y enajenación de bienes de su propiedad. En relación con ello, se exigirá la autorización de la Administración autonómica para la venta de bienes cuyo valor supere el 20% del activo de la entidad.
Asimismo, la norma determina la retirada de subvenciones a las fundaciones que no presenten sus resultados económicos y añade nuevos supuestos de sometimiento a auditorías externas en sus cuentas anuales. Concretamente, se reduce de 50 a 30 el número mínimo de trabajadores a partir del cual es obligatoria esta exigencia, a la que también estarán sujetas por primera vez las entidades que realicen enajenaciones anuales de bienes por un importe superior al 50% del valor total de sus patrimonios.
De acuerdo con la nueva ley, cualquier entidad de este tipo que se cree en la comunidad autónoma deberá incluir en su denominación la expresión Fundación Andaluza. De igual modo, se fija un procedimiento para que las fundaciones actualmente registradas adapten sus nombres a este requisito. La tutela sobre las fundaciones, que actualmente corresponde a distintos departamentos de la Junta dependiendo del ámbito de actividad, será ejercida por la Consejería de Justicia y Administración Pública. No obstante, la Consejería de Economía y Hacienda seguirá desarrollando esta función tutelar sobre la obra social de las Cajas de Ahorros.
Finalmente, el proyecto recoge la creación del Consejo Andaluz de Fundaciones, que ejercerá como órgano consultivo, y la regulación del registro único que sustituirá a los que actualmente funcionan en la comunidad para los distintos tipos de fundaciones. Sus fines se centrarán en otorgar mayor seguridad jurídica a estas entidades, facilitar el acceso de los ciudadanos a la información referente a las mismas e impulsar la difusión del movimiento fundacional.
La estructura del registro único se organizará en torno a nueve secciones, según la distinta naturaleza de las fundaciones: docentes, científicas, de investigación y desarrollo tecnológico; culturales, cívicas y deportivas; benéfico-asistenciales y sanitarias; de defensa de los derechos humanos, cooperación al desarrollo y voluntariado; medioambientales; laborales y de fomento de la economía; de la obra social de las Cajas de Ahorros; delegaciones en Andalucía de fundaciones extranjeras, y otras.