APROBADO EL REGLAMENTO DE FESTEJOS TAURINOS POPULARES, QUE PROHÍBE LOS TOROS DE FUEGO Y LOS ENSOGADOS
El Consejo de Gobierno ha aprobado el Reglamento de Festejos Taurinos Populares, que establece las condiciones para evitar el maltrato de las reses y salvaguardar la seguridad de espectadores y participantes. Andalucía acoge cada año más de 300 eventos festivos de este tipo, la mayor parte en municipios de las provincias de Cádiz y Jaén.
La nueva norma sólo da cobertura legal a las modalidades del encierro y la suelta, mientras que prohíbe los toros de fuego (con llamas prendidas en la cornamenta) y los toros ensogados (dificultados en sus movimientos por maromas o sogas).
No obstante, respecto a estos últimos, y atendiendo a su tradición, se exceptúan once celebraciones en los municipios de Ohanes (Almería); Benamahoma, Benaocaz, Grazalema, San Roque y Villaluenga del Rosario (Cádiz); Carcabuey (Córdoba); Villalba del Alcor (Huelva); Beas de Segura y Arroyo del Ojanco (Jaén), y Gaucín (Málaga).
Tanto para estos festejos excepcionales como para los encierros y las sueltas, el texto regula amplio abanico de aspectos, entre ellos los relativos a condiciones de celebración, características de las reses empleadas, autorizaciones necesarias, reparto de atribuciones y requisitos de las instalaciones sanitarias.
De acuerdo con el reglamento, el encierro se define como la conducción de reses con cabestros por un recorrido delimitado, rural, urbano o mixto, que puede concluir con la lidia del animal. Por suelta se entiende la carrera libre de reses acompañadas de público a través de un itinerario rural o urbano, una plaza pública o un recinto cerrado.
En ambos casos el recorrido deberá ser inferior a los 1.500 metros y estar vallado para controlar la marcha de las reses y evitar daños al público. Asimismo, se recomienda que sea liso y sin rampas pronunciadas. Los festejos no podrán durar más de tres horas y las reses serán sacrificadas sin la presencia de público con un margen de siete días después de celebrado el evento.
El reconocimiento de las reses correrá a cargo de dos veterinarios, que comprobarán el estado sanitario del animal, su documentación (identificación bovina e inscripción en el Libro Genealógico de la Raza Bovina de Lidia) y que la cornamenta se encuentre roma y despuntada. La edad máxima de los animales deberá oscilar entre los ocho años para los machos y los doce para las hembras.
Medidas de seguridad
En cuanto a la protección de espectadores, destaca la obligatoriedad por parte de los organizadores de contratar un seguro de responsabilidad civil con previsión de indemnizaciones de entre 6.000 y 225.000 euros para casos de invalidez permanente y de 151.000 euros en caso de muerte.
Por su parte, los participantes deberán ser mayores de 16 años y no podrán citar, recortar o quebrar a las reses durante los encierros. De acuerdo con el reglamento, se impedirá la participación en el festejo de aquellos que muestren síntomas de alcoholemia o porten armas, botellas, vasos y objetos con los que puedan ocasionar daño a los animales.
La norma también exige la dotación de instalaciones sanitarias a menos de 200 metros del lugar donde transcurra el festejo. Este dispositivo deberá contar con equipo eléctrico autónomo, mesa para intervenciones de urgencias, material de reanimación cardiopulmonar avanzada y dos ambulancias, una de ellas asistencial. El personal sanitario estará integrado por un cirujano, un médico ayudante, un anestesista y un ATS.
La autorización del festejo, cuya solicitud deberá dirigirse al correspondiente delegado del Gobierno de la Junta con al menos diez días de antelación, recogerá, entre otros requisitos, el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento o de la Comisión de Gobierno, la certificación de conformidad de la corporación cuando ésta no sea la organizadora, la certificación de los técnicos sobre las instalaciones, un informe sobre el dispositivo sanitario y la copia del seguro de responsabilidad civil.
El equipo de autoridades del festejo lo integrarán un presidente (el alcalde del municipio o el concejal en quien delegue); un delegado gubernativo nombrado por la Junta de entre los miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado, y un director de lidia, así como colaborares voluntarios hasta un máximo de quince.
Finalmente, el reglamento aprobado hoy fija limita los horarios de los festejos de manera que no puedan celebrarse de once de la noche a siete de la mañana. De este requisito se exceptúan, atendiendo a sus particularidades tradicionales, los festejos taurinos populares que tienen lugar en Paterna de Rivera (Cádiz) e Iznatoraf (Jaén).