Convocatoria e inscripción
El IAD trabaja continuamente en la mejora de las competencias en materia de titulaciones náuticas que ostenta la Comunidad Autónoma de Andalucía. Recientemente, se ha reducido el importe establecido para la tasa de examen de Capitán de Yate, establecido en la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Así mismo, se están adoptando las medidas necesarias para la mejora de la gestión de las convocatorias de examen, eliminando la posibilidad de errores en las mismas.
Tasas 2025 de exámenes teóricos
Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025. (BOJA núm. 251, 30/12/2024)
- Patrón de Navegación Básica (PNB) y Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER): 52,58 euros
- Patrón de Yate (PY): 71,21 euros
- Capitán de Yate (CY): 88,84 euros
- Procedimiento para solicitar la devolución de tasas
Beneficios fiscales
Tendrán derecho a una bonificación del 50% de la cuota tributaria, las personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33% que tengan reconocida su condición, siempre que quede acreditado de conformidad con la normativa aplicable.
Dicha condición deberá concurrir a la fecha del devengo de la tasa. La presentación de la solicitud conllevará la autorización al órgano gestor para que pueda recabar dicha información.
Inscripción en exámenes
El plazo para la primera convocatoria es del 14 de enero al 7 de febrero de 2025. El plazo para la segunda convocatoria se publicará durante el mes de marzo y el de la tercera durante junio.
1. Antes de inscribirse en los exámenes es necesario haber pagado las tasas dentro del plazo establecido para cada convocatoria con el Modelo 046.
2. Datos a cumplimentar en "Datos generales" en el Modelo 046, además de los personales y de examen:
- Código territorial: CU29Z3
- Denominación: INSTITUTO ANDALUZ DEL DEPORTE
- Concepto de pago: 0009 (exámenes)
- Denominación: DERECHOS DE EXAMEN DE TÍTULOS PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO Y DE MOTOS NÁUTICAS
Las tasas se pueden pagar telemáticamente o presencialmente en una entidad colaboradora.
3. Presentación de solicitudes. Es importante tener a la vista el número situado debajo del código de barras del impreso 046 (parte superior derecha) que se ha obtenido una vez validado. Rellenar la solicitud de la convocatoria a la que va a presentarse:
- Solicitudes 1ª convocatoria 2025: del 14 de enero al 7 de febrero (hay que tener en cuenta que la tasa de examen también se paga dentro del plazo de presentación de solicitudes).
- Con certificado digital: si realiza el trámite "con certificado digital", compruebe que ha enviado la solicitud correctamente y que no está en "estado borrador para la inscripción con certificado digital.
- Guía para la inscripción con certificado
- Sin certificado digital: si realiza el trámite "sin certificado digital", una vez cumplimentada y obtenido el pdf de la solicitud, ésta debe imprimirse y presentarse (junto con la documentación necesaria) en una Oficina de Asistencia en Materia de Registros dentro del plazo de presentación de solicitudes de cada convocatoria.
- Guía para la inscripción sin certificado
- Solicitudes 2ª convocatoria 2025 (el plazo de inscripción se publicará durante el mes de marzo).
- Solicitudes 3ª convocatoria 2025 (el plazo de inscripción se publicará durante el mes de junio).
Convocatorias de 2025
Primera convocatoria 2025
Plazo de presentación de solicitudes: del 14 de enero al 7 de febrero de 2025
Lugares de examen: Cádiz, Málaga y Sevilla
Fecha del examen: 22 de marzo de 2025
Segunda convocatoria 2025
Plazo de presentación de solicitudes: se publicará durante el mes de marzo de 2025
Lugares de examen: Cádiz, Málaga y Sevilla
Fecha del examen: 21 de junio de 2025
Tercera convocatoria 2025
Plazo de presentación de solicitudes: se publicará durante el mes de junio de 2025
Lugares de examen: Cádiz, Málaga y Sevilla
Fecha del examen: 15 de noviembre 2025
Convocatorias de 2024
- Primera convocatoria 2024 (seguimiento)
- Segunda convocatoria 2024 (seguimiento)
- Tercera convocatoria 2024 (seguimiento)
Exámenes
Criterios de evaluación
Embarcaciones de recreo: los criterios de evaluación de los exámenes teóricos convocados para la obtención de estas titulaciones son los expresados con carácter general en el Anexo II "Realización y temario de las pruebas teóricas" del Real Decreto 875/2014 (BOE núm. 247, de 11 de octubre), con la nueva redacción dada por el Real Decreto 238/2019, de 5 de abril, con respecto los Patrones de Yate (BOE núm. 104, de 1 de mayo de 2019).
Examen reducido de PER
Según Real Decreto 875/2014
Relación existente entre las pruebas de Patrón para Navegación Básica (PNB) y Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER):
- Aquellas personas que estén en posesión del título de Patrón para Navegación Básica, o hayan superado el examen teórico para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica de acuerdo a lo especificado en el RD 875/2014, no tendrán que realizar la prueba específica para el Patrón de Embarcaciones de Recreo en su totalidad, sino solamente las unidades teóricas 7, 8, 9, 10 y 11, disponiendo de un tiempo máximo de 45 minutos.
- Aquellas personas que estén en posesión del título de Patrón para Navegación Básica, podrán presentarse al examen teórico específico para la obtención del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo y complementario del ya superado para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica, en cualquier Administración con competencias en la materia, sea ésta la misma que expidió a su favor el título de Patrón para Navegación Básica u otra.
- Aquellas personas que hayan superado el examen teórico para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica según el RD 875/2014, podrán presentarse al examen teórico específico para la obtención del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo y complementario del ya superado para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica, únicamente ante la Administración en la que aprobaron el examen teórico para la obtención del título de Patrón para Navegación Básica y durante las dos convocatorias siguientes en las que la administración realice exámenes de patrón para navegación básica.
- Aquellas personas que se presenten al examen para la obtención del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo y no consigan superar la prueba, pero sí lo hagan de acuerdo a las exigencias del Patrón para Navegación Básica, se les reconocerá dicho aprobado, bien para siguientes convocatorias en la misma Administración, bien para la expedición del título de Patrón para Navegación Básica, conservando dicho aprobado durante un periodo máximo de dos convocatorias consecutivas en las que la administración realice los exámenes de Patrón de Embarcaciones de Recreo.
Resoluciones de las convocatorias
- Resolución de 2 de enero de 2025, del Director del Instituto Andaluz del Deporte, por la que se convocan exámenes para la obtención de títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo durante el año 2025. (BOJA núm. 7. 13/01/2025)
- Resolución de 21 de junio de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, para la apertura del plazo de admisión de solicitudes para la tercera convocatoria de los exámenes para la obtención de títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo del año 2024. (BOJA núm. 28, 28/06/2024)
- Resolución de 21 de marzo de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, para la apertura del plazo de admisión de solicitudes para la segunda convocatoria de los exámenes para la obtención de títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo del año 2024. (BOJA núm. 61, 27/03/2024)
- Resolución de 2 de enero de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se convocan exámenes para la obtención de títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo durante el año 2024. (BOJA núm. 5, 08/01/2024)
- Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se convocan exámenes para la obtención de títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo durante el año 2023. (BOJA núm. 2, 04/01/2023)
- La normativa IALA en la que se basarán los exámenes de Patrón para Navegación Básica (PNB) y Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER) es la adoptada por Resolución del Presidente de Puertos del Estado de 8 de junio de 2010, por la que se aprueba el Nuevo Sistema de Balizamiento y Otras Ayudas a la Navegación.