Convenio de colaboración para la concesión de una subvención directa, de carácter excepcional, para la financiación de parte de los gastos del II Congreso Internacional de Hermandades y Piedad Popular y del programa Cultural asociado al mismo.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Consejería de Cultura y Deporte.
Consejo General de Hermandades y Cofradías de Sevilla.
Duración
El convenio entrará en vigor el día de su firma y extenderá su vigencia hasta el día 31 de marzo de 2025, sin perjuicio de la finalización posterior de las actuaciones de justificación y liquidación que procedan. En cualquier momento, antes de la finalización del plazo de vigencia, las partes podrán acordar la prórroga del convenio.

Objeto

Definir los términos en los que la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía (en adelante la Consejería) concede una subvención directa de carácter  excepcional, por importe cierto de SEISCIENTOS MIL EUROS (600.000 €), al Consejo General de Hermandades y Cofradías de la ciudad de Sevilla (en adelante el Consejo General) para financiar parte de los gastos de las siguientes actividades que se detallan en el anexo del convenio: 

a) II Congreso Internacional de Hermandades y Piedad Popular. b) Programa cultural: exposiciones y conciertos.

Obligaciones económicas

La subvención excepcional para financiar las actividades que se enumeran en la cláusula primera de este convenio alcanzará un total de SEISCIENTOS MIL EUROS (600.000€).

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