Delegación Territorial de Educación en Almería

Información general

Imagen detalle Datos básicos por defecto
Titular
Carmen María Jiménez Ropero
Sede
Delegación Territorial de Educación en Almería
Paseo de la Caridad, 125, Finca Santa Isabel
Almería, 04008
Teléfono: 950004500

Biografía

Nacida en Almería (1980), es diplomada en Magisterio por la especialidad de Educación Infantil (2001) en la Universidad de Almería, Graduada en Maestra de Educación Infantil (2022) y Máster Universitario en Métodos de Enseñanza en Educación Personalizada por la Universidad Internacional de La Rioja (2025). Funcionaria de carrera desde 2003, su labor profesional ha estado siempre ligada al ámbito educativo, ejerciendo diversos cargos de coordinación escolar.

Comenzó su labor directiva en la Escuela Infantil Sol de Portocarrero (Las Norias de Daza, Almería) en el año 2011 y desde 2020 hasta la actualidad ha ejercido como directora en el CEIP Bilingüe Almerimar de El Ejido. Desde 2023 es presidenta provincial en Almería de la Asociación Andaluza de Directores de Infantil, Primaria y Residencias Escolares (Asadipre).

Funciones

Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía ostentan las siguientes funciones y competencias en el ámbito de su provincia:

  • La representación ordinaria de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos en la Delegación Territorial y, en su caso, de las agencias adscritas o dependientes de las Consejerías. En el caso de que en una Consejería existan dos Delegaciones Territoriales, las personas titulares de las mismas ostentarán la representación ordinaria de la Consejería en relación con las materias que se le hayan asignado.
  • Dirigir, bajo la dependencia funcional de los correspondientes órganos directivos, las unidades administrativas pertenecientes a la Delegación.
  • Ejercer la jefatura de todo el personal de la Delegación y las competencias de administración y gestión ordinarias del mismo que expresamente se le deleguen.
  • Constituir el cauce ordinario de relación con los servicios centrales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentran adscritos a la Delegación Territorial y, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, con los órganos periféricos de la Administración General del Estado y las entidades locales de Andalucía en materias de su competencia. En el caso de que en una Consejería existan dos Delegaciones Territoriales, las personas titulares de las mismas ejercerán esta función en relación con las materias que se le hayan asignado.
  • Trasladar órdenes e instrucciones en las materias que sean de su competencia a las personas titulares de las Secretarías Generales Provinciales de las Consejerías cuyos servicios periféricos se encuentren adscritos a la Delegación Territorial, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 21.3 de este Decreto.
  • El ejercicio de potestades administrativas con respecto a aquellas competencias que tengan atribuidas y, en su caso, respecto a aquellas de los servicios periféricos que tengan adscritos.
  • Cuantas otras funciones les sean atribuidas, desconcentradas o delegadas.
Índice