Con una antelación de 15 días a su finalización, las Partes podrán acordar la prórroga expresa del mismo, fijándose el plazo de dicha prórroga en ese momento. De no existir tal preaviso, o de no llegar a un acuerdo para su prórroga, el Convenio se extinguirá transcurridos dos años desde su firma.
Objeto
Establecer las condiciones de colaboración entre las Partes para la realización de actividades que posibiliten el apoyo a las empresas de la economía digital, el impulso al emprendimiento de base tecnológica a través de la aceleración y crecimiento de empresas, así como el fomento de la cultura emprendedora y el apoyo al desarrollo de los ecosistemas emprendedor y de innovación.
Obligaciones económicas
La aplicación y ejecución de este Convenio, incluyéndose al efecto todos los actos jurídicos que pudieran dictarse en su ejecución y desarrollo, genera los compromisos que cada Parte firmante ha especificado en el texto del convenio, las cuales asumirán los costes que deban realizar con cargo a sus respectivos presupuestos, según detalle recogido en las memorias técnicas de medios aportados por cada una de las Partes que obran en el expediente.
Las Partes podrán concertar con terceros: La colaboración para la prestación servicios especializados de mentorización a startups; Los hubs donde los emprendedores desarrollan sus proyectos de creación y aceleración de startups; El responsable o responsables de cada hub.
En caso de que alguna de estas prestaciones, a su vez, implicara licitación, convenio o subvención, Telefónica (y/o cualquiera de las entidades del Grupo Telefónica) no podrá ser adjudicatario o beneficiario para llevar a cabo dicho servicio ni percibir contraprestación alguna por las actividades que pueda desarrollar.