Acreditación y Reacreditación del Nivel de la Competencia Profesional de los Profesionales Sanitarios del Sistema Sanitario Público de Andalucía
Información general
Acreditación y Reacreditación del Nivel de la Competencia Profesional de los Profesionales Sanitarios del Sistema Sanitario Público de Andalucía
- Ciudadanía
Descripción
La acreditación consiste en el reconocimiento expreso por parte de la Administración Sanitaria del desarrollo alcanzado por un profesional que se ha sometido a un proceso voluntario de evaluación para la mejora continua de sus labores asistenciales, docentes y de investigación. El profesional, por medio del proceso de reacreditación, podrá solicitar la renovación de la acreditación tanto por extinción del período de vigencia como para acceder a un nivel superior. La acreditación tendrá un período de vigencia de cinco años. Transcurrido dicho período, la acreditación dejará de tener efectos, salvo que con anterioridad se hubiera iniciado el proceso de reacreditación.
La Secretaría General de Investigación, Desarrollo e Innovación en Salud es el órgano competente para la acreditación de la competencia profesional.
El procedimiento de acreditación del nivel de la competencia profesional se iniciará mediante solicitud de la persona interesada dirigida al órgano competente. La solicitud se presentará por medios electrónicos de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cómo realizar el trámite
Relación con la Administración
Presencial y electrónica.
Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.
Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa
Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.
Acceso a la fase
- Inicio: Enlace al inicio
Formularios
Requisitos
El plazo para solicitar la reacreditación por extinción del período de vigencia se corresponderá con los seis meses anteriores a la finalización de su período de vigencia. A los efectos de acceder a un nivel de acreditación superior al alcanzado, podrá solicitarse una vez obetenido el Certificado de dicho nivel, siempre que se haya mantenido en el puesto del nivel cuyas competencias se pretenden acreditar durante más de un año.
Documentación
Informe de la evaluación del nivel de la competencia profesional emitido por la entidad evaluadora (actualmente Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía) o por el comité técnico de revisión de la misma. Si el ciudadano en la solicitud autoriza a la Administración a consultar el resultado del proceso de evaluación no será necesario aportar este documento.
Plazo de Inicio
Este trámite no está sujeto a plazos
Normativa
- Decreto 81/2020, de 9 de junio, por el que se regula el procedimiento de acreditación del personal de enfermería para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano
- Resolución de 25 de julio de 2003, de la Dirección General de Organización de Procesos y Formación, por la que se designa a la Fundación Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía como entidad certificadora del Sistema de Acreditación, para el Sistema Sanitario Público de Andalucía.
- Orden de 7 de octubre de 2009, de la Consejería de Salud, por la que se establece la utilización de medios electrónicos en el procedimiento administrativo de acreditación del nivel de la competencia profesional de los profesionales sanitarios del Sistema Sanitario Público de Andalucía.
- Decreto 18/2007, de 23 de enero, por el que se regula el sistema de acreditación del nivel de la competencia profesional de los profesionales sanitarios del Sistema Sanitario Público de Andalucía.
Información adicional
Órganos responsables
- Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud (Cód.: A01014169).
- Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud (Cód.: A01014169).
- Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud (Cód.: A01014169).
Plazo de resolución/notificación
- Plazo: 3 Meses.
Silencio: Positivo
Agota vía administrativa
Consulta el estado de tramitación de tu expediente
Información sobre el tratamiento de datos personales
¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/
Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos
Novedades
28/12/2020 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos
28/12/2020 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos
28/12/2020 Se ha modificado en este trámite:Activ. de Protección de Datos