Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular

Información general

Fotografía Carmen Jiménez Directora General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular
Titular
Carmen Jiménez Parrado
Sede
Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente
Avda. Manuel Siurot, 50
Sevilla, 41013
Teléfono: 955003400
Correo electrónico:

Biografía

Nacida en Alcaudete (Jaén) en 1973, es ingeniera industrial por la Escuela Superior de Ingenieros Industriales de Sevilla y funcionaria del Cuerpo Superior Facultativo de Ingeniería Industrial de la Junta de Andalucía desde 2005. Su actividad profesional se inició en el sector privado, en empresas instaladoras del sector eléctrico, ferroviario y térmico, realizando labores de implantación y seguimiento de sistemas de gestión de calidad, medioambiente y prevención de riesgos laborales. En sus inicios como funcionaria trabajó en el Centro de Prevención de Riesgos Laborales de Sevilla, siendo Titulada Superior de Prevención de Riesgos Laborales en las especialidades de seguridad en el trabajo e higiene industrial. Desde 2006 ha desarrollado su carrera profesional en el ámbito de la prevención y calidad ambiental como asesora técnica de prevención ambiental en la Delegación Territorial en Sevilla y, posteriormente, desde 2010, como jefa de Departamento de Inspección Ambiental en la Dirección General con competencias en calidad ambiental. Desde septiembre de 2021 y hasta la fecha venía desempeñando la Coordinación General de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de Andalucía en la pasada legislatura y de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático en la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. Esta trayectoria le ha permitido adquirir una amplia experiencia en todas las etapas del ‘ciclo de vida’ de las diferentes autorizaciones y permisos ambientales, desarrollando un conocimiento integral de los diferentes aspectos desde el punto de vista de la calidad ambiental, el cambio climático y el fomento de la economía circular.

Funciones

La Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular desempeña, además de las funciones que, con carácter general, se establecen en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, las siguientes:

  • La planificación, coordinación y seguimiento en materia de prevención y control de la contaminación, medio ambiente atmosférico, incluida la contaminación acústica y lumínica, suelos contaminados, economía circular, prevención, producción y gestión de residuos y de los instrumentos de prevención y control ambiental, según la normativa sectorial de aplicación, todo ello de acuerdo con los principios de de adaptación y mitigación del cambio climático.
  • La coordinación y seguimiento de las actuaciones relativas a la evaluación de impacto ambiental de actividades, actuaciones y proyectos y de la evaluación ambiental estratégica de instrumentos de ordenación urbanística de competencia autonómica.
  • El ejercicio de potestades administrativas en materia de responsabilidad medioambiental y reparación de daños en relación con el suelo y la ejecución de las actuaciones relacionadas con dicha materia cuando excedan del ámbito provincial, así como el control de las garantías financieras y de los análisis de riesgos medioambientales previstos en la normativa de responsabilidad medioambiental.
  • La planificación, programación de actuaciones y coordinación de la vigilancia, inspección y control en materia de autorización ambiental integrada, medio ambiente atmosférico, suelos contaminados, residuos y economía circular, sin perjuicio de las competencias de otros órganos de la Administración de la Junta de Andalucía.
  • La dirección y coordinación de la verificación de la coherencia de la información requerida en el Reglamento (CE) núm. 166/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de enero de 2006, relativo al establecimiento de un registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes y por el que se modifican las Directivas 91/689/CEE y 96/61/CE del Consejo.
  • La planificación y control de las entidades colaboradoras en materia de calidad ambiental, la inscripción de las mismas en el Registro creado por el Decreto 334/2012, de 17 de julio, por el que se regulan las entidades colaboradoras en materia de Calidad Ambiental en la Comunidad Autónoma de Andalucía y la actualización de sus datos registrales.
  • g) Las autorizaciones de gestión de residuos de ámbito autonómico o supraprovincial de acuerdo con la normativa vigente, así como las autorizaciones de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor del producto. Se exceptúan las autorizaciones para quema de restos agrícolas y forestales establecidas en el artículo 27.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
  • h) La planificación, coordinación y ejecución de las competencias atribuidas a esta Consejería sobre áreas degradadas y suelos contaminados.
  • i) La validación, inscripción y actualización del Registro regulado en el artículo 24 del Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano, para el caso de instalaciones de incineración y coincineración de subproductos animales de alta y baja capacidad, plantas oleoquímicas que trabajen con subproductos animales de las categorías 2 y 3, plantas de biogás y compostaje de subproductos animales y vertederos que admitan subproductos animales.
  • j) La declaración de subproducto y fin de condición de residuo de competencia autonómica, conforme a lo previsto en los artículos 4 y 5, respectivamente, de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
  • k) La tramitación de los traslados transfronterizos de residuos con origen o destino en otro estado de la Unión Europea de acuerdo con la normativa vigente.
  • l) La coordinación y ejecución de las competencias de la Consejería en materia de contaminación acústica y lumínica.
  • m) La planificación, gestión y mantenimiento operativo de los servicios e instalaciones de calidad ambiental dependientes de la Consejería, sin perjuicio de las competencias sobre calidad del medio hídrico de la Consejería competente en materia de aguas.
  • n) Las autorizaciones de emisión de gases de efecto invernadero y las competencias relativas al seguimiento y notificación de estas emisiones.
  • ñ) La coordinación y el establecimiento de criterios de gestión en el litoral andaluz, relacionados con el otorgamiento de los títulos de ocupación y uso del dominio público marítimo-terrestre y su zona de servidumbre de protección, de acuerdo con las funciones atribuidas a la Consejería competente en materia de medio ambiente en el artículo 2 del Decreto 66/2011, de 29 de marzo, por el que se asignan las funciones, medios y servicios traspasados por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación y gestión del litoral.
  • o) La resolución de los procedimientos en materia de concesiones de ocupación en el dominio público marítimo-terrestre, de acuerdo con las funciones atribuidas a la Consejería competente en materia de medio ambiente en el artículo 2 del Decreto 66/2011, de 29 de marzo, que incluye, en todo caso, su otorgamiento, prórroga, extinción por cualquier causa, incluido el rescate o la caducidad, y la modificación independientemente de la causa que la motive, incluida la transmisión. La tramitación de estos procedimientos hasta la fase previa a la oferta de condiciones recaerá en la Delegación Territorial de la provincia donde se haya solicitado la mayor parte de la ocupación.
  • p) La resolución de los procedimientos en materia de autorizaciones de ocupación y uso en el dominio público marítimo-terrestre y su zona de servidumbre de protección, de acuerdo con las funciones atribuidas a la Consejería competente en materia de medio ambiente en el artículo 2 del Decreto 66/2011, de 29 de marzo, cuando las actuaciones excedan del ámbito provincial, que incluye, en todo caso, su otorgamiento y cualquier modificación posterior independientemente de la causa que la motive. La tramitación de estos procedimientos hasta la fase previa a su resolución recaerá en la Delegación Territorial de la provincia donde se haya solicitado la mayor parte de la ocupación.
  • q) La gestión y el mantenimiento del registro de usos del dominio público marítimo-terrestre en el ámbito de esta Consejería, en lo referente a las concesiones de ocupación que incluye su actualización y emisión de las certificaciones solicitadas.
  • r) La planificación y ejecución de las políticas en materia de economía circular, sin perjuicio de las competencias de otros órganos de la Administración de la Junta de Andalucía, relativas a la fabricación de productos de conformidad con lo establecido en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, así como las relativas a la puesta a disposición de los consumidores finales de los productos de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Unidades

Coordinador de Calidad Ambiental
Responsable: Jorge Juan Feijóo González
Coordinador de Economía Circular
Responsable: David Fernández Guerra
Jefe de Oficina Andaluza de Economía Circular
Responsable: Manuel Gómez Del Pino
Servicio de Prevención y Control Ambiental
Responsable: Nuria Extremera Llamas
Servicio de Calidad del Aire
Responsable: Juan Contreras González
Servicio de Costas y Gestión del Litoral
Responsable: María Victoria Dávila Díaz
Servicio de Residuos y Calidad del Suelo
Responsable: Joaquín Caballero Valcarce
Servicio de Inspección Ambiental
Responsable: Francisca Godoy Vilches
Servicio Económico-Administrativo
Responsable: Natalia Sánchez Bravo
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