¿Qué es la Unidad de Igualdad de Género?

Regulación

La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, crea las Unidades de Igualdad de Género en todas las Consejerías de la Junta de Andalucía, con el fin de impulsar, coordinar e implementar la perspectiva de género en la planificación, gestión y evaluación en sus respectivas políticas.

El Decreto 275/2010, de 27 de abril, por el que se regulan las Unidades de Igualdad de Género en la Administración de la Junta de Andalucía, viene a desarrollar lo previsto en el artículo 60 de la Ley 12/2007, regulando las Unidades de Igualdad de Género como “unidades administrativas que se constituyen para la integración del principio de igualdad de género en el conjunto de las actuaciones y normas emanadas de la Administración de la Junta de Andalucía”, estableciendo en su artículo 3.3 que las mismas estarán integradas por personal técnico con formación en materia de género y de igualdad de oportunidades.

Por su parte, el artículo 5.2.i) del Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, establece que corresponde a la Viceconsejería la organización y supervisión de la Unidad de Igualdad de Género de la Consejería.

 

Funciones

El Decreto 275/2010, de 27 de abril concibe las Unidades de Igualdad de Género como un instrumento para favorecer y abrir nuevas vías para la integración efectiva del objetivo de la igualdad de mujeres y hombres en el diseño, desarrollo, seguimiento y evaluación de la práctica administrativa de la Administración de la Junta de Andalucía y le asigna las funciones siguientes:

  • Asesorar a los órganos competentes de la Consejería en la elaboración del informe de evaluación del impacto por razón de género, previsto en el artículo 6 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre.
  • Llevar a cabo el seguimiento, evaluación del desarrollo y cumplimiento del Plan Estratégico para la Igualdad de mujeres y hombres establecido por el artículo 7 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, sin perjuicio de las funciones que, a tales efectos, correspondan a otros órganos.
  • Recibir las estadísticas oficiales de su Consejería y de sus entidades instrumentales, y realizar el análisis, seguimiento y control de los datos desde la dimensión de género.
  • Impulsar la formación y sensibilización del personal de la Consejería o entidades instrumentales en relación al alcance y significado del principio de igualdad de oportunidades, mediante la formulación de propuestas de acciones formativas.
  • Asesorar, en la elaboración de los planes de igualdad regulados en el artículo 32 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, que se proyecten en su respectivo ámbito de actuación por la Administración de la Junta de Andalucía, así como colaborar en la evaluación de dichos planes y favorecer la elaboración de medidas correctoras.
  • Impulsar y apoyar el desarrollo de medidas de conciliación de la vida laboral, familiar y personal de las mujeres y hombres que se adopten desde la Consejería competente en materia de función pública. 
  • Realizar la asistencia técnica al personal y órganos de la Consejería y de sus entidades instrumentales en relación a la aplicación de las políticas de igualdad, y especialmente en el seguimiento de la publicidad institucional.
  • Colaborar con el Instituto Andaluz de la Mujer al objeto de garantizar la adecuada cooperación en la coordinación de las actuaciones en materia de igualdad de mujeres y hombres, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única, de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre.
  • En general, velar por la aplicación efectiva del principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Finalmente, según se establece en el Acuerdo de 27 de octubre de 2014, de la Mesa General de negociación común del personal funcionario , estatutario y laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, por el que se aprueba el protocolo de prevención y actuación en los casos de acoso laboral, sexual y por razón de sexo u otra discriminación, la Unidad de Igualdad de Género prestará asesoramiento y apoyo al Comité de Investigación Interna para situaciones de acoso que lo demande, en los casos de presunto acoso sexual y discriminatorio por razón de sexo.

 

Datos de contacto: sugerencias e información

Para cualquier información y/o sugerencia en relación con la Unidad de Igualdad de Género de la  Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul contactar con:
marta.ereza@juntadeandalucia.es. Teléfono: 670940099 

 

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