Proyecto de Orden del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se establece un canon de mejora a solicitud del Ayuntamiento de Vera.

Información general

Antecedentes de la norma

La solicitud presentada por el Ayuntamiento de Vera se sustenta en la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, que, en su artículo 91, faculta a las entidades locales titulares de las competencias de infraestructuras hidráulicas para el suministro de agua potable, redes de abastecimiento y, en su caso, depuración, para solicitar a la Comunidad Autónoma el establecimiento con carácter temporal de la modalidad del canon de mejora regulado en la Secciones 1ª y 3ª del Capítulo II del Título VIII, Régimen Económico – Financiero, facultando a la Consejería competente en materia de agua para fijar su cuantía, conforme a las determinaciones contenidas en el artículo 94, su régimen de aplicación y la vigencia por el tiempo necesario para lograr con su rendimiento el fin al que va dirigido. Estas competencias se encuentran asignadas a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en virtud del Decreto de la Presidenta 15/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. 

Problemas que se pretenden solucionar

Para mejorar y garantizar el suministro de agua potable a la población en las condiciones exigidas por la ley de Aguas de Andalucía, se prevé la construcción de una Estación de Tratamiento y un depósito de Agua Potable. La presente orden tiene por objeto establecer, a solicitud del Ayuntamiento de Vera, el canon de mejora de infraestructuras hidráulicas, que se aplicará a los usuarios del ámbito territorial del término municipal de Vera, junto con las tarifas vigentes por prestación del servicio integral del ciclo urbano del agua, para financiar el Programa de Obras en las infraestructuras mencionadas por importe de  5.745.721 euros. El Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas vigente en la actualidad, establece el cese de la captación de aguas subterráneas en el levante almeriense y fija para el municipio de Vera 1,77 Hm3 de transferencias externas en sus balances de abastecimiento procedentes de los trasvases del tajo-Segura y del embalse del Negratín. A fin de tratar este volumen de agua y de disponer de suficientes recursos propios, se hacen necesarias estas nuevas infraestructuras.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

El Pleno Corporativo del Ayuntamiento de Vera, en sesión extraordinaria celebrada el 28 de octubre de 2016, aprobaba una solicitud de autorización para el establecimiento de un canon de mejora local para financiar el nuevo plan de inversiones para la mejora del abastecimiento, dirigida a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. En virtud de lo dispuesto por el artículo 91 de la  de Aguas de Andalucía, se procede a su tramitación.

Objetivos de la norma

Establecer un tributo, a petición de la Entidad local, que posibilite la financiación de un conjunto de infraestructuras hidráulicas necesarias para prestar el servicio del ciclo integral de agua de uso urbano 

Posibles soluciones alternativas

Actualmente no existen recursos financieros alternativos, siendo la figura del canon de mejora la adecuada para esta finalidad según la normativa vigente.

Envío de aportaciones

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, a través del siguiente buzón de correo electrónico: ordennuevocanonvera@juntadeandalucia.es  

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Sostenibilidad y Medio Ambiente
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