Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para inversiones no productivas en la industria agroalimentaria con instalaciones de secado de orujo de aceituna que utilicen biomasa como combustible, dirigidas a la reducción de emisiones de partículas y olores a la atmósfera, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
Información general
- Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes y disposiciones generales relativas a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.
- Reglamento (UE) 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo,de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), su Reglamento Delegado (UE) 807/2014 de la Comisión,de 11 de marzo de 2014, y su Reglamento de Ejecución (UE) 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014.
- Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020.
- Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo,de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales, transcrita al marco nacional mediante Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Emisiones Industriales.
- Ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental, Título IV, Capítulo II, y su desarrollo normativo mediante Decreto 239/2011, de 12 de julio, por el que se regula la calidad del medio ambiente atmosférico y se crea el Registro de Sistemas de Evaluación de la Calidad del Aire en Andalucía.
- Orden de la Consejería de Medio Ambiente, de 12 de febrero de 1998, por la que se establecen límites de emisión a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión de biomasa sólida.
La contaminación atmosférica constituye una de las mayores amenazas para la salud de las personas y el medio ambiente en general. De acuerdo con el sexto programa de acción comunitario en materia de medio ambiente, es necesario reducir los niveles de contaminación, de manera que se minimicen los efectos perjudiciales para la salud humana, prestando especial atención a la población más vulnerable.
La sostenibilidad ambiental de los ecosistemas rurales, las explotaciones agrícolas, las empresas rurales e industrias agroalimentarias es uno de los problemas con los que se enfrenta el mundo rural andaluz.
El gran peso del sector olivarero en la agricultura regional, y la elevada presencia de almazaras e industrias relacionadas con el procesamiento de los subproductos de las mismas, como es el caso de las orujeras, puede convertir a Andalucía en un foco importante de emisiones de partículas y olores a la atmósfera.
Las instalaciones que albergan procesos de secado de orujo emiten este tipo de contaminante a la atmósfera, hasta el punto de que la puesta en marcha de estos tipos de instalaciones están sometidas a intervención administrativa, de acuerdo a la Ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión integrada de la calidad ambiental.
Las inversiones irán dirigidas a hacer sostenible, mediante la disminución de las emisiones a la atmósfera de partículas y olores, las instalaciones de secado de orujo de aceituna que utilicen biomasa como combustible. Como recurso renovable, la biomasa sustituye a los combustibles fósiles, que contribuyen a la emisión de gases de efecto invernadero y otros contaminantes climáticos de vida corta, como el carbono negro, que aceleran el cambio climático.
Mantener en activo las instalaciones objeto de las inversiones previstas hace necesario la corrección de las emisiones que actualmente incorporan al medio atmosférico, bajo el prisma de la sostenibilidad. Las inversiones objeto de las ayudas están previstas en el Programa de Desarrollo Rural (PDR) de Andalucía 2014-2020, aprobado por la Comisión Europea el 10 de agosto de 2015. En concreto, estas ayudas se enmarcan bajo la M04 “Inversiones en activos físicos”, la submedida 4.4 “Inversiones no productivas vinculadas a la realización de compromisos de agroambiente y clima”, y la operación 4.4.6 “Apoyo a inversiones no productivas para la mejora ambiental de los ecosistemas rurales, las explotaciones agrarias, las empresas rurales y las industrias agroalimentarias”. Para esta operación la cofinanciación europea es del 75%
El Reglamento (UE) 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo, establece en su artículo 5 las prioridades de desarrollo rural de la Unión. Entre esas prioridades se encuentra la de restaurar, preservar y mejorar los ecosistemas relacionados con la agricultura y la silvicultura, haciendo especial hincapié en la mejora de la biodiversidad, de los sistemas agrarios de alto valor natural, así como del estado de los paisajes europeos. Esta prioridad se persigue con las actuaciones recogidas en el artículo 17 “Inversiones en activos físicos”, del citado Reglamento (UE) 1305/2013, según el cual, la ayuda en virtud de esta medida abarcará, entre otras, inversiones no productivas vinculadas a la realización de objetivos agroambientales y en materia de clima, como el estado de conservación de la biodiversidad de especies y hábitats.
No acción: si no se corrigen las emisiones de las instalaciones de secado de orujo objeto de ayuda harían insostenible la utilización de la biomasa como fuente de energía renovable. Esto conllevaría un mayor uso de combustibles fósiles y por ende una mayor tasa de emisión de gases de efecto invernadero y otros contaminantes climáticos de vida corta, como el carbono negro, que aceleran el cambio climático.
No se contemplan soluciones alternativas.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, a través del siguiente buzón de correo electrónico:basessubvencionesemisiones.cpp.cmaot@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.