Proyecto de Orden para la inclusión del lobo ibérico (Canis lupus signatus) en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas
Información general
• Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y Fauna Silvestres.
• Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y fauna silvestres y sus hábitats.
• Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
• Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas.
Revertir la constatada tendencia regresiva del lobo ibérico (Canis lupus signatus) en Andalucía con una población muy pequeña y residual en Sierra Morena.
Con fundamento en la información técnica o científica, basado en criterio experto y de acuerdo a la crítica situación de las poblaciones de lobo ibérico (Canis lupus signatus) en Andalucía y en base al art. 40.1 del Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y fauna silvestres y sus hábitats, se considera conveniente la catalogación del lobo en la categoría de “en peligro de extinción”.
Asegurar la conservación de las últimas poblaciones de lobo ibérico (Canis lupus signatus) en Andalucía.
No se contemplan soluciones alternativas.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados, a través del siguiente buzón de correo electrónico:
catalogoespeciesamenazadas.cpp.cmaot@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.