Orden del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se establece un canon de mejora a solicitud de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental (Málaga)
Información general
La solicitud presentada por el Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental se sustenta en laLey 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, que, en su artículo 91, faculta a las entidades locales titulares de las competencias de infraestructuras hidráulicas para el suministro de agua potable, redes de abastecimiento y, en su caso, depuración, para solicitar a la Comunidad Autónoma el establecimiento con carácter temporal de la modalidad del canon de mejora regulado en la Secciones 1ª y 3ª del Capítulo II del Título VIII, Régimen Económico – Financiero, facultando a la Consejería competente en materia de agua para fijar su cuantía, conforme a las determinaciones contenidas en el artículo 94, su régimen de aplicación y la vigencia por el tiempo necesario para lograr con su rendimiento el fin al que va dirigido. Estas competencias se encuentran asignadas a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en virtud del Decreto de la Presidenta 12/2017, de 8 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
La presente orden tiene por objeto establecer, a solicitud del Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental, un canon de mejora de infraestructuras hidráulicas. Este canon se aplicará a los usuarios del ámbito territorial de los municipios mancomunados, y que son Torremolinos, Benalmádena, Fuengirola, Mijas, Marbella, Ojén, Istán, Estepona, Manilva, Benahavís y Casares, junto con las tarifas vigentes por prestación del servicio integral del ciclo urbano del agua, para financiar los costes de ejecución y financieros que para la Entidad Local supone la realización de un plan de obras cuyo importe asciende a 91.772.781,83 euros. Con este canon se financiara un plan de obras necesarias para la prestación de los servicios del Ciclo integral del agua de uso urbano comprendidos en el artículo 4.9 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, en concreto para la mejora del abastecimiento de agua en alta en el área de cobertura de los municipios mancomunados. Las actuaciones incluidas en el programa de obras tienen por objeto subsanar parcialmente el actual déficit en infraestructuras y suponen una mejora en la operativa de este servicio, con lo que se consigue una disminución del riesgo de averías y se mejora la seguridad y calidad del servicio; a la vez, se incrementa la capacidad de transporte y de interconexión con el Campo de Gibraltar y la Axarquía.
La Asamblea de la Mancomunidad de Municipios de la Costa del Sol Occidental, celebrada el 14 de agosto de 2017, aprobó una solicitud de autorización, dirigida a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, para el establecimiento de un canon de mejora local que financiara el mencionado plan de obras de agua en alta. En virtud de lo dispuesto por el artículo 91 de la de Aguas de Andalucía, se procede a su tramitación.
Establecer un tributo, a petición de la Entidad local, que posibilite la financiación de un conjunto de infraestructuras hidráulicas necesarias para prestar el servicio del ciclo integral de agua de uso urbano
Actualmente no existen recursos financieros alternativos, siendo la figura del canon de mejora la adecuada para esta finalidad según la normativa vigente.
La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente correo electrónico:
ordennuevocanonmmcso.cpp.cmaot@juntadeandalucia.es
Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.