Plan Especial de la Instalación de una Nueva Línea Eléctrica de media tensión 66 KV, la LAT 66KV (132 KV) DC LA-280 SET CHUCENA CECSA - SET BLANCA PALOMA, entre los términos municipales de ALMONTE, HINOJOS Y CHUCENA, en la provincia de Huelva

Información general

Antecedentes de la norma

- Plan General de Ordenación Urbanística de Almonte aprobado definitivamente con cumplimiento de resolución el 14 de diciembre de 2007 e innovación nº 2B de la Revisión del PGOU de Almonte. La Normativa se publicó en el BOJA  nº27 de 07/02/2008.

Para el municipio de Hinojos: - Para el planeamiento de carácter estructural, se estará en los dispuesto en la Adaptación Parcial de las Normas Subsidiarias aprobadas definitivamente en pleno municipal el 02/02/2012 y publicada en el BOP nº 62 de 29/03/2012. Cuenta con una Corrección material de errores en acuerdo plenario de 10/10/2012 y publicado en BOP nº 162 de 02/11/2012. - Para el planeamiento de carácter pormenorizado, se estará a lo dispuesto en PGOU, aprobado definitivamente parcial el 07 de mayo de 2014 , se publicó en el BOJA n.º 119 de 23/06/2014 con Cumplimiento de Resolución el 12 de diciembre de 2014, publicado en BOJA n.º 21 de 12/12/2014, con subsanación  11/05/2015, publicado en BOJA n.º  25/04/2015.   Para el municipio de Chucena: - Para el planeamiento de carácter estructural, se estará en los dispuesto en la Adaptación Parcial de las Normas Subsidiarias aprobadas definitivamente el 23/12/2010 publicada en BOJA n.º 106 de 06/06/2011. - Para las determinaciones de carácter pormenorizado, están vigentes las NNSS, con aprobación definitiva condicionada el 13/01/97 y cumplimiento de Resolución del texto refundido de 15/03/1999, publicado en BOJA n.º 30/09/1999.  

El Plan de Ordenación del Territorio del Ámbito de Doñana (POTAD). El Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de bienes y Espacios protegidos de la Provincia de Huelva. La Ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía de 2002. Ley 2/2012 de 30 de enero de modificación de la Ley 7/2002 de 2012. Decreto 60/2010 de 16 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía. Decreto 2/2012 de 10 de enero por el se regula el régimen de las Edificaciones y Asentamientos Existentes en Suelo No Urbanizable de Andalucía. de Disciplina Urbanística de Andalucía.

Problemas que se pretenden solucionar

La finalidad de la línea en proyecto es dar suministro eléctrico a la zona con mayor efectividad y mejorar la calidad del servicio. Las infraestructuras energéticas generan servidumbres y son fuentes potenciales de riesgos. Las líneas energéticas aéreas establecen a su vez un importante impacto visual que afecta notablemente al paisaje, se requiere una ordenación adecuada y condiciones de instalación, que minimicen las afecciones sobre el territorio, sus efectos en la mortandad de aves y su impacto sobre el paisaje. Con lo que se implantarán las siguientes Medidas para la corrección de impactos territoriales o ambientales : El proyecto deberá ir acompañado de los medios de extinción a pie de obra. Eliminación adecuada de materiales sobrantes de obra, restauración de superficies ambientales y restitución de caminos. Aprovechamientos de caminos existentes y minimización de nuevos viales. Minimizar la cantidad de residuos generados y la vigilancia y control de los residuos generados. Realizar revegetación de la zona, en los desmontes y terraplenes realizados. Medidas para restaurar el hábitat de las especies faunísticas de la zona, dispondrá de las medidas antielectrocución, anticolisión y antinidificación. No se modificará la red del drenaje natural del terreno.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Implica un beneficio e interés social para la zona, durante la construcción de la línea, generando ingresos municipales y después de la construcción, con un aumento de la calidad de servicio del suministro eléctrico. El promotor de la actuación es COMPAÑIA DE ELECTRICIDAD DEL CONDADO, S.A.U (CECSA).

Objetivos de la norma

La Línea eléctrica se extiende sobre una longitud de 17.400m  y estará constituida por 55 apoyos metálicos de nueva instalación que se localizarán entre los municipios de Chucena (apoyos 1-3 y 6-18) Hinojos(apoyos 3-5 y 19-26) y Almonte (apoyos 27-55) en la provincia de Huelva .

El área  de estudio se extiende sobre una superficie de 521,729m² aprox. (engloba la línea eléctrica  con el ancho de servidumbre legal de 5 m a ambos lados de cada conductor). Los terrenos por los que discurre da lugar a la constitución de la reglamentaria servidumbre de paso de la línea eléctrica, la cual se obtendrá bien por la necesaria expropiación forzosa para la imposición de dicha servidumbre o bien mediante mutuos acuerdos con los propietarios afectados.

El trazado de la línea se localiza en una zona donde predominan los usos agrícolas, de hecho, se inserta en el área paisajística “Campiñas alomadas, acolinadas y sobre cerros”, y en concreto en el ámbito paisajístico denominado “Campiñas del Condado‐Aljarafe“

Desde el punto de vista hidrológico, el ámbito de estudio se encuentra enmarcado dentro de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir, en concreto en la Subcuenca Guadiamar y Marismas hasta el mar, discurriendo el Río Guadiamar a unos 13 km al este del inicio de la línea eléctrica que ocupa este Plan, río al que tributa la red hídrica local.

La línea eléctrica de media tensión es una instalación destinada al transporte y distribución de energía eléctrica. Los terrenos por los que discurre la línea eléctrica son terrenos clasificados como Suelos No Urbanizables carentes de servicios urbanos.

La puesta en servicio de la línea eléctrica contribuirá a elevar la calidad de suministro eléctrico del área, y más específicamente a conseguir una infraestructura capaz de dar una calidad en los suministros existentes así como atender las demandas necesarias de los nuevos suministros de la zona. El acceso al inicio de la línea, esto es, la futura subestación de Chucena, se realiza por la A‐ 481, carretera que une los municipios de Chucena e Hinojos, tomando desde ella caminos forestales y ‐el acceso al final de la línea, es decir, la subestación Blanca Paloma, en el término municipal de Almonte, se realiza a través de la A – 484, carretera que, partiendo del municipio de Almonte, toma dirección a Rociana y Bonares, discurriendo igualmente en último término por caminos forestales.

La línea aérea que se pretende ejecutar será inicialmente de segunda categoría por tener una tensión de servicio de 66 KV. No obstante, con objeto de atender una mayor demanda futura de potencia, se proyecta la línea a la tensión de 132 kV, pasando a ser considerada en ese caso de primera categoría y teniendo que ser el aislamiento de 145 kV.

De acuerdo con el artículo 42 de la LOUA se considera Actuación de Interés Público en Suelo No Urbanizable, dicha actividad de intervención singular, de promoción privada, con incidencia de la ordenación urbanística, en las que concurren los requisitos de utilidad pública o interés social, así como la procedencia o necesidad de implantación en suelos que tengan este régimen jurídico. Dicha actuación habrá de ser compatible con el régimen de la correspondiente categoría de este suelo y no inducir a la formación de nuevos asentamientos y fijar entre los usos admisibles la implantación de infraestructuras, dotaciones o equipamientos. 

Posibles soluciones alternativas

Se estudian de 3 alternativas, siendo la alternativa 0 la no existencia de actuación, y se seleccionó como alternativa de menor impacto ambiental la 3.A. La ubicación de la instalación viene condicionada por los siguientes factores: 1.- La minimización del impacto ambiental de la instalación. 2-.- Viabilidad económica. 3.- Trazado de menor longitud.

La línea eléctrica supone las siguientes afecciones bien por cruzamientos o por paralelismos:  1.- La red hidrográfica superficial en la zona, cuenta con varios arroyos y regajos, circulando por debajo de la futura línea eléctrica. En concreto, encontramos los siguientes cursos de agua, que serán cruzados de forma aérea en los vanos que se señalan: ‐ Arroyo Chucena: apoyos 2‐3. ‐ Arroyo del Algarbe: apoyos 17‐18. ‐ Arroyo de la Pascuala: apoyos 33‐34. ‐ Arroyo de Menares: apoyos 34‐35. ‐ Arroyo de la Parrilla: apoyos 35‐36. ‐ Arroyo Cárcava: apoyos 41‐42. ‐ Arroyo de Parra: apoyos 47‐48. Destacar que ningún apoyo se ubica en dominico público hidráulico y que se han retranqueado la distancia necesaria para no ocupar la superficie que corresponde a la zona de servidumbre. 2.- El trazado supondrá tres cruces aéreos con vías pecuarias (de oeste a este: Colada de Almonte a Villarrasa entre los apoyos 47 y 48, deslindada, y Veredas del Carril del Lobo, entre los apoyos 26 y 27, y Vereda de Hinojos, entre los apoyos 16 y 17, ambas clasificadas). 3.- En cuanto a espacios protegidos, tal y como se observa en los croquis siguientes, el trazado propuesto no atraviesa ningún espacio perteneciente a la RENPA. No obstante, sí se atravesará parcialmente la Reserva de la Biosfera de Doñana, y los espacios de la Red Natura 2000 ZEC Doñana Norte y Oeste (ES6150009) y LIC Dehesa de Torrecuadros y Arroyo de Pilas (ES6150023), quedando además a unos 250 m de la ZEC y ZEPA Doñana (ES0000024). Añadir también que la línea no atravesará ningún Monte Público, ningún humedal RAMSAR, ninguna IBA y ninguna ZIAE. 4.- Se da una afección a uno de los espacios de protección establecidos por el Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de la provincia de Huelva, en concreto, al denominado Arroyo de Pilas: RA‐2. 5.- La línea discurrirá por una amplia superficie que presenta un grado de antropización elevada, con lo cual serán varias las infraestructuras y servicios con los que se producirán distintos tipos de afecciones.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico:

peactlemt66kvalmonte-hinojos-chucena@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Sostenibilidad y Medio Ambiente
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