Plan Especial de Línea Aérea de Alta Tensión a 66 kV S/C entre las Subestaciones El Villar y La Carlota, en los términos municipales de Écija (Sevilla), Fuente Palmera y La Carlota (Córdoba).

Información general

Antecedentes de la norma

 - ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA S.L.U. como gestor de redes de distribución, tiene la función de distribuir energía eléctrica, así como construir, mantener y operar las instalaciones de distribución destinadas a situar la energía en los puntos de consumo. - Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

- Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. - Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Problemas que se pretenden solucionar

- La actuación pretende construir una nueva línea eléctrica aérea de Alta Tensión de 66 kV simple circuito que conecte las subestaciones “El Villar”, situada entre el Término Municipal de Écija, en la provincia de Sevilla y “La Carlota”, situada en este Término Municipal, en la provincia de Córdoba. - Se pretende así aumentar la capacidad de transporte de energía eléctrica para facilitar la evacuación de la producción energética, y modernizar las redes de distribución para contribuir al desarrollo económico.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

- En cumplimiento de los artículos 42.3 y 14.1 de la LOUA, el objeto del Plan Especial es la implantación de una actuación de Interés Público en Suelo No Urbanizable.  - Los Planes Especiales pueden ser municipales o supramunicipales y tener por objeto las siguientes finalidades: “a. Establecer, desarrollar, definir y, en su caso, ejecutar o proteger infraestructuras, servicios, dotaciones o equipamientos, así como implantar aquellas otras actividades caracterizadas como Actuaciones de Interés Público en terrenos que tengan el régimen del suelo no urbanizable.” - El artículo 42.4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, establece que será necesaria la aprobación de un Plan Especial en el caso de “... Comprender terrenos pertenecientes a más de un término municipal.” La actuación pretendida comprende suelos pertenecientes a 3 términos municipales: Écija, Fuente Palmera y La Carlota.

Objetivos de la norma

- Insertar adecuadamente el trazado de la nueva línea eléctrica en el territorio, atendiendo a las determinaciones de la planificación territorial y al planeamiento urbanístico de aplicación, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de la LOUA. - Permitir la realización de las obras e instalaciones necesarias para la implantación de la Línea Eléctrica Aérea de Alta Tensión 66 kV simple circuito entre las subestaciones de “El Villar” y” La Carlota” en Suelo No Urbanizable. - Justificar la ubicación pretendida y su incidencia urbanístico-territorial y ambiental. - Justificar la compatibilidad con el régimen urbanístico de aplicación. - Establecer las condiciones ambientales para la ejecución de la línea eléctrica sea respetuosa con el medio natural donde se implanta. 

Posibles soluciones alternativas

Para el presente Plan Especial y su correspondiente proyecto, se han barajado 4 alternativas: 1.-  ALTERNATIVA  0;  Supone la “no realización” del Plan Especial. 2.-  ALTERNATIVA 1; Representa la traza de menor longitud con 20,86 Km, discurriendo por 3 Términos Municipales: Écija, Fuente Palmera y La Carlota. 3.-  ALTERNATIVA 2; La longitud de esta alternativa es de 21,98 Km, discurriendo por los mismos municipios. 4.- ALTERNATIVA 3; Esta alternativa representa la traza de menor longitud con 23,76 Km, discurriendo por los mismos municipios.

Envío de aportaciones

La ciudadanía, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados a través del siguiente buzón de correo electrónico:

pelineaaereaelvillarlacarlota.cpp.cmaot@juntadeandalucia.es

Quien formule estas aportaciones deberá incluir en su correo, su nombre y apellidos o razón social o denominación de la entidad a la que represente.

Fecha de publicación
Periodo de vigencia
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Organismo
Sostenibilidad y Medio Ambiente
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