Retribuciones

En el año 2023, las retribuciones anuales de las personas que ostentan la condición de alto cargo y personas asimiladas se determinan en el artículo 16 de la ley de presupuestos (pdf).

Además de las retribuciones que se fijen en la correspondiente ley de presupuestos, tendrán derecho a la percepción, en su caso, al complemento de antigüedad o trienios que pueden tener reconocidos como personal funcionario o empleado al servicio de cualquier Administración Pública o entidades instrumentales; complementos personales que pueden percibir por diferencias retributivas de alto cargo, así como otros complementos a los que puedan tener derecho, como el complemento de productividad. Este último no lo perciben ni la persona titular de la Presidencia de la Junta de Andalucía, ni de las Consejerías, Viceconsejerías y Secretarías Generales.

La regulación de las retribuciones ha sido modificada recientemente, con arreglo a lo dispuesto en los apartados siguientes, produciendo efectos para el ejercicio 2024.

Personas que ostentan la condición de alto cargo y personas asimiladas

Puedes acceder a la información relativa a las retribuciones anuales percibidas en el ejercicio anterior por las personas que ostentaron la condición de alto cargo y asimiladas, a través de los siguientes enlaces: 

Así mismo, pueden percibir una retribución en especie, a través del seguro de vida y accidentes para los altos cargos de la Junta de Andalucía, de sus agencias y demás entidades instrumentales o por el seguro colectivo de accidentes para el personal al servicio de la Junta de Andalucía, que se suscribe mediante un contrato público único.

La cuantía de esta retribución en especie varía en función de distintas circunstancias, como la edad, sexo o la toma de posesión en el cargo. En las declaraciones de IRPF de las personas que perciben esta retribución en especie, está consignada con este nombre.

Puedes acceder a la información publicada en relación con las retribuciones publicadas de ejercicios anteriores.

Datos de 2023 (a 31/12/2023). Fecha de publicación de la actualización: 22/03/2024

Periodicidad de publicación : Anual

Periodicidad de revisión de la información: Trimestral

Fuente de datos: Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Personas que ostentan la condición de máximo responsable de Entidades Instrumentales 

Puedes acceder a la información relativa a las retribuciones anuales percibidas en el ejercicio anterior por las personas que ostentaron la condición de máximo responsable de Entidades Instrumentales, a través de los siguientes enlaces:

Datos de 2023 (a 31/12/2023). Fecha de publicación de la actualización: 16/05/2024

Periodicidad de publicación : Anual

Periodicidad de revisión de la información: Trimestral

Fuente de datos: Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Indemnizaciones mensuales por vivienda

Por otra parte, las personas que ocupan puesto de alto cargo o cargos asimilados nombrados por Decreto de Consejo de Gobierno pueden percibir una indemnización mensual por vivienda cuando su domicilio se encuentra a más de 60 Kms de la sede del órgano del que es titular. 

La cantidad que se abona responde al gasto por el alquiler de la vivienda, incluidas las retenciones u obligaciones fiscales que pudieran corresponderles sin que el importe máximo mensual por ambos conceptos pueda ser mayor del 2,5% de las retribuciones brutas anuales establecidas para los Directores Generales en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, excluida la productividad, de conformidad con los Acuerdos de Consejo de Gobierno que regulan estas indemnizaciones.

Puedes acceder a la información publicada en relación con las indemnizaciones por vivienda correspondiente a ejercicios anteriores.

Datos del tercer trimestre de 2024 (a 30/09/2024). Fecha de publicación de la actualización: 28/10/2024

Periodicidad de publicación: Trimestral

Fuente de datos: Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública

Información adicional

Para solicitar más información llama a los teléfonos 012 o 955 012 012.

O escríbenos a través del formulario de consultas del Servicio 012.

También tienes también a tu disposición otros Canales de atención a la ciudadanía.