Protocolo General de Actuación entre Consejería de Salud y Consumo, el SAS y Glaxosmithkline, S.A., para el Desarrollo de Actividades de Promoción, Investigación, Formación en Salud y Humanización de Espacios en Infraestructuras Sanitarias.

Fecha de suscripción
Partes firmantes
Consejera de Salud y Consumo
Directora Gerente del Servicio Andaluz de Salud
La Presidenta de GLAXOSMITHKLINE, S.A.
Duración
El presente Protocolo General surtirá efectos desde la fecha de su firma y su vigencia será de cuatro (4) años, pudiendo acordarse su prórroga por cuatro años más, de forma expresa y por escrito, antes de la finalización de la vigencia del Protocolo.

Objeto

El presente Protocolo General tiene como objeto definir el marco de colaboración entre las partes firmantes para propiciar la realización de actividades de promoción, investigación, formación en salud para la consecución de mejoras en el tratamiento de algunas de las principales enfermedades que afecten a la ciudadanía de Andalucía, así como para mejorar la calidad de los espacios de los Centros sanitarios en orden a su confortabilidad y humanización, y siempre ajustándose a lo establecido en la legislación vigente.

 

Obligaciones económicas

El presente Protocolo General de Actuación no conlleva ningún compromiso de gasto. Las aportaciones económicas por los costes que genere la colaboración serán evaluadas y acordadas por cada uno de los Convenios Específicos en que ésta se concrete.

La firma de todo Convenio Específico que implique gasto para la Consejería de Salud y Consumo o para el Servicio Andaluz de Salud estará supeditada a la viabilidad del mismo y a la existencia de disponibilidad presupuestaria.

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