Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Comunidad Autónoma de Andalucía para el funcionamiento del CRN de Hostelería de Mijas
Fecha de suscripción
Partes firmantes
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Duración
El presente convenio se perfecciona con el consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito, “en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, serán publicados en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial de la comunidad autónoma o de la provincia que corresponda a la otra administración firmante.”, conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
El presente convenio tendrá una vigencia de cuatro años a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal de acuerdo con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción. En caso de prórroga, esta deberá ser comunicada al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación al que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
El presente convenio tendrá una vigencia de cuatro años a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal de acuerdo con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción. En caso de prórroga, esta deberá ser comunicada al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación al que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Objeto
El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre las partes firmantes a fin de dar continuidad al Centro Andaluz de Formación Integral de las Industrias del Ocio de Mijas como Centro de Referencia Nacional en las áreas profesionales de Alojamiento, Restauración y Juegos de Azar de la familia profesional de Hostelería y Turismo en el ámbito de la formación profesional, en adelante, de forma abreviada, CRN de Hostelería, de Mijas, para la innovación y experimentación en materia de formación profesional y la coordinación de las facultades y actuaciones que competen al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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La Junta